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Artículo 79 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que toda la información importante sobre el cambio climático se va a juntar en un mapa digital especial. Ese mapa, llamado sistema de información geográfica, servirá para guardar, modificar, estudiar, compartir y ver los datos más importantes según el lugar al que pertenezcan, todo a través de computadoras o dispositivos electrónicos. En otras palabras, van a crear una herramienta en línea donde se pueda consultar fácilmente cómo está cada zona del país en temas de clima y medio ambiente.

Texto oficial

Artículo 79. Los datos se integrarán en un sistema de información geográfica que almacene, edite, analice, comparta y muestre los indicadores clave geográficamente referenciados utilizando medios electrónicos. CAPÍTULO VII DE LOS RECURSOS PARA APOYAR LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PARA ENFRENTAR EL CAMBIO CLIMÁTICO Denominación del Capítulo reformada DOF 06-11-2020

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

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