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Artículo 78 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) tiene que hacer, publicar y dar a conocer informes sobre cómo adaptarnos al cambio climático y cómo reducir sus efectos, usando la información del Sistema de Información sobre el Cambio Climático. Estos informes deben estar conectados con la Estrategia Nacional y el Programa (que son los planes oficiales del país). En cristiano, el gobierno debe explicar qué estamos haciendo para enfrentar el cambio climático y cómo esos reportes van de la mano con los planes ya establecidos.

Texto oficial

Artículo 78. Con base en el Sistema de Información sobre el Cambio Climático, la Secretaría deberá elaborar, publicar y difundir informes sobre adaptación y mitigación del cambio climático y sus repercusiones, considerando la articulación de éstos con la Estrategia Nacional y el Programa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.