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Artículo 83 de la LEY General de Cambio Climático

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) va a manejar el dinero que ya tiene autorizado en su presupuesto para ayudar a combatir los efectos del cambio climático, además de cualquier otra lana que llegue de otras fuentes. Para hacerlo, va a sacar unas reglas claras donde explique cómo y bajo qué condiciones se les dará ese apoyo a los proyectos que busquen cumplir con lo que dice el artículo 82 de esta Ley.

Texto oficial

Artículo 83. La Secretaría con cargo a su presupuesto autorizado administrará y ejercerá los recursos destinados para apoyar la implementación de acciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático, incluyendo aquellos que provengan de otras fuentes de financiamiento. Para tal efecto, la Secretaría emitirá disposiciones generales en las cuales se establezcan, entre otros, los criterios y procedimientos que deberán observarse para la asignación de recursos a los proyectos y acciones que permitan dar cumplimiento al artículo 82 de esta Ley. Artículo reformado DOF 06-11-2020

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

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