Artículo 95 de la LEY General de Cambio Climático
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas y personas que forman parte del sistema de comercio de emisiones en México pueden hacer compras y ventas relacionadas con los bonos de carbono de otros países. También pueden usar estos bonos en mercados internacionales de carbono, siempre y cuando sigan las leyes y reglas que apliquen en cada caso. Esto significa que se les permite participar en acuerdos globales para reducir la contaminación.
Texto oficial
Artículo 95. Los participantes del sistema de comercio de emisiones podrán llevar a cabo operaciones y transacciones que se vinculen con el comercio de emisiones de otros países, o que puedan ser utilizadas en mercados de carbono internacionales en los términos previstos por las disposiciones jurídicas que resulten aplicables. Artículo reformado DOF 13-07-2018 CAPÍTULO X NORMAS OFICIALES MEXICANAS
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