Artículo 104 de la LEY General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) se encargará de organizar todo lo necesario para que los miembros del SINADE (el sistema que reúne a instituciones deportivas del país) reciban los beneficios que se consigan gracias a los avances y estudios en las ciencias del deporte. En otras palabras, si hay nuevos hallazgos o investigaciones que ayuden a mejorar el rendimiento o la práctica deportiva, la CONADE debe asegurarse de que estos beneficios lleguen a todos los que forman parte del sistema deportivo nacional.
Texto oficial
Artículo 104. La CONADE coordinará las acciones necesarias a fin de que los integrantes del SINADE obtengan los beneficios que por el desarrollo e investigación en estas ciencias se adquieran.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.