LEY General de Cultura Física y Deporte
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica en todo México y es obligatoria para todos. Regula el derecho a hacer ejercicio y practicar deportes, que es un derecho que te da la Constitución. La ley la aplican el gobierno federal (a través de la CONADE), los gobiernos de los estados, los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México, y también organizaciones sociales y empresas privadas.
- Art. 2Este artículo explica de qué trata la Ley de Cultura Física y Deporte y su reglamento. Básicamente, establece las reglas para que el Gobierno Federal, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México trabajen juntos en todo lo relacionado con el ejercicio y el deporte, sin que nadie se estorbe. También dice que los clubes, gimnasios y empresas privadas pueden participar. El objetivo principal es que todos puedan hacer deporte, mejorar su salud, prevenir enfermedades y hasta reducir la violencia y las adicciones. Además, busca que se invierta dinero público y privado, y que se cuide el medio ambiente cuando se hagan actividades deportivas.
- Art. 3Este artículo dice que hacer ejercicio y practicar deporte es un derecho de todos, no solo un lujo. También forma parte importante de la educación y ayuda a tu desarrollo físico, mental y social, además de servir para sentirte bien contigo mismo. Tanto el gobierno como las escuelas y clubes deben asegurarse de que haya instalaciones adecuadas, personal capacitado y suficiente dinero para que todos puedan hacer deporte. Además, se deben seguir reglas éticas, cuidar la salud y seguridad de los deportistas, y fomentar la paz, la legalidad y la igualdad entre hombres y mujeres.
- Art. 4Este artículo solo define los nombres cortos que se usan en toda la ley. Por ejemplo, cuando veas "Ley", se refiere a la Ley General de Cultura Física y Deporte; "CONADE" es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte; y "COM" es el Comité Olímpico Mexicano. También incluye otros como "SEP" (Secretaría de Educación Pública) y "RENADE" (el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte). Básicamente, es un glosario para que entiendas de qué habla cada término sin tener que repetir el nombre completo cada vez.
- Art. 5Este artículo de la Ley del Deporte define con palabras sencillas qué significa cada término importante que usa. Te explica que la **Educación Física** es la manera principal de aprender y compartir la cultura del movimiento. La **Cultura Física** son todos los conocimientos y valores que tenemos sobre el ejercicio y el uso del cuerpo. También aclara que hacer ejercicio diario es **Actividad Física**, mientras que jugar por diversión en tu tiempo libre es **Recreación Física**. Finalmente, detalla que el **Deporte** es una actividad con reglas para competir y mejorar la salud, y que existe el **Deporte Social** (para que todos participen sin importar quiénes sean) y el **Deporte de Alto Rendimiento** (para los que compiten a nivel internacional representando a México).
- Art. 6El gobierno de México, en todos sus niveles (federal, estatal, municipal y en las alcaldías de la Ciudad de México), tiene la obligación de promover que las personas hagan ejercicio, se muevan más y practiquen algún deporte. Cada nivel de gobierno debe hacerlo en lo que le toca, siguiendo las reglas que marca esta ley y otras normas relacionadas. En pocas palabras, todas las autoridades deben impulsar una vida activa y saludable para la gente.
- Art. 7Este artículo dice que el gobierno federal, el de los estados, el de los municipios y el de la Ciudad de México tienen la obligación de fomentar que todas y todos los mexicanos podamos hacer ejercicio y practicar deporte. Cada nivel de gobierno debe hacerlo dentro de lo que le toca según sus facultades. La idea es que te ayuden a tener acceso a actividades físicas, como ir a un parque, a una cancha o a clases de deporte, para que no sea un lujo sino un derecho que puedas ejercer.
- Art. 8Las dependencias y entidades del gobierno federal, como secretarías y organismos públicos, tienen la obligación de ayudar a la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) cuando esta les pida apoyo para hacer su trabajo. Cada dependencia debe colaborar solo en los temas que le corresponden según sus propias funciones. En pocas palabras, todas las partes del gobierno deben trabajar juntas para que la CONADE pueda cumplir con sus tareas relacionadas con el deporte y la actividad física.
- Art. 9El gobierno, al hacer sus planes nacionales, debe incluir el deporte y la activación física. La CONADE, que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, tiene que poner en el Plan Nacional los objetivos y límites de este sector, y también decir qué obligaciones tienen las dependencias del gobierno federal. Además, la CONADE, junto con la Secretaría de Educación Pública (SEP), debe crear un programa nacional de deporte. Para armarlo, tienen que hacer un diagnóstico de cómo está la situación en todo el país, en los estados y en los municipios. Ese programa debe incluir por lo menos cuatro cosas: metas claras, estrategias que aprovechen recursos públicos y privados, políticas para que el sector privado participe, y un plan de inversiones con los presupuestos necesarios para los proyectos deportivos. Por último, para que todo esto se cumpla, se van a tomar las acciones necesarias, se van a crear las reglas que hagan falta y se van a hacer planes de trabajo año con año.
- Art. 10El artículo 10 dice que va a existir un grupo especial llamado Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE) para ayudar a que el deporte y la actividad física se promuevan mejor en todo México. Este sistema se encarga de dar ideas para hacer un plan nacional de deporte, revisar que los programas funcionen bien y vigilar que se use bien el dinero y la gente capacitada. El SINADE está formado por dependencias del gobierno, escuelas, asociaciones deportivas y otros grupos que trabajan juntos para apoyar el deporte y la activación física. Su objetivo es coordinar recursos humanos, financieros y materiales para que el deporte crezca en todo el país.
- Art. 11Este artículo dice que el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE) está formado por varias instituciones públicas y privadas, como la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte), los organismos de deporte de los estados, municipios y la Ciudad de México, el Comité Olímpico Mexicano (COM), el Comité Paralímpico Mexicano (COPAME), las asociaciones deportivas nacionales, los consejos deportivos estatales (CONDE) y otras asociaciones reconocidas por la ley. También explica que a las reuniones del SINADE siempre se invita a los diputados y senadores de las comisiones de deporte del Congreso, pero ellos solo pueden opinar, no votar. En pocas palabras, lista quiénes forman parte de este sistema deportivo y quiénes pueden asistir a sus juntas para dar su opinión.
- Art. 12El SINADE (un grupo que se encarga de temas de deporte y cultura física) debe juntarse al menos dos veces al año en reuniones donde estén todos sus miembros. Su Consejo Directivo se reúne cuando ellos mismos lo decidan, para decidir cómo trabajar en el deporte y cumplir con el Plan Nacional de Deporte. La CONADE (la oficina de gobierno que maneja el deporte) tiene que incluir en ese plan todos los acuerdos que tome el SINADE. Además, este grupo es dirigido por tres partes: la reunión de todos los miembros, el Consejo Directivo y su Presidente.
- Art. 13El SINADE (el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte) se encarga de hacer varias cosas. Por ejemplo, crea y aplica planes para que más personas hagan ejercicio y practiquen deporte en todo el país, asegurándose de que sea un derecho de todos. También organiza cómo se planean, revisan y usan los recursos de los programas deportivos, y propone ideas nuevas para fomentar la actividad física, incluyendo a personas con discapacidad. Además, busca que las escuelas de nivel básico y medio superior detecten a tiempo a niñas, niños y jóvenes con talento para el deporte.
- Art. 14El SINADE, que es el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, va a funcionar y va a tener ciertos requisitos para formarse, y todo eso se va a regir por lo que dice esta Ley, su Reglamento y otras leyes que apliquen. En pocas palabras, no todo está aquí detallado: hay que checar también las reglas secundarias que lo desarrollen.
- Art. 15El gobierno federal de México creó un organismo llamado Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE). Este organismo es el encargado de manejar todo lo relacionado con el deporte y la actividad física en el país. La CONADE es como una empresa del gobierno, con su propio dinero, propiedades y oficinas en la Ciudad de México. Esto significa que ella sola se encarga de tomar las decisiones y aplicar las reglas en estas materias a nivel nacional.
- Art. 16El patrimonio de la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) se va a formar con varias cosas: primero, el dinero que el Gobierno Federal le asigne cada año en el presupuesto, más los subsidios o apoyos que reciba. También pueden aportar dinero los gobiernos de los estados, los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México y las empresas del gobierno. Igual pueden darle dinero o cosas personas o empresas, tanto mexicanas como extranjeras, pero solo si es a través de donaciones, herencias o fideicomisos, y sin condiciones que vayan en contra de lo que dice la ley. Además, su patrimonio incluye los bienes (como terrenos, edificios o muebles) que ella misma compre o le asignen para su funcionamiento, el dinero que ella genere por sus propias actividades, y cualquier otro bien o derecho que reciba de manera legal.
- Art. 17La CONADE es manejada por un grupo que se llama Junta Directiva, que sería como su 'cabecita', y también por otras áreas que se detallan en su reglamento interno. Además, esta organización tiene un Director General, que es la persona encargada de llevarla al día, y ese puesto lo elige directamente el Presidente de la República. O sea, la máxima autoridad de la CONADE la pone el gobierno federal.
- Art. 18La Junta Directiva es el grupo de personas que toman decisiones sobre el tema, y este artículo dice quiénes la forman. Está compuesta por representantes de varias dependencias del gobierno, como la Secretaría de Educación, la de Hacienda, la de Relaciones Exteriores, y otras como la de Salud, Medio Ambiente y Defensa Nacional. El jefe de la Secretaría de Educación es quien preside, es decir, dirige las reuniones. Además, siempre están invitados el Contralor Interno (el que revisa que se maneje bien el dinero) y un comisario de la Secretaría de la Función Pública, pero ellos solo pueden opinar, no votar. También pueden invitar a personas famosas o expertas en deportes y activación física, para que den su opinión sin derecho a voto.
- Art. 19La Junta Directiva es un grupo que toma decisiones importantes en la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Este artículo dice que la Junta tiene el poder de fijar las reglas generales y las prioridades para todo lo relacionado con el deporte y la activación física en México, como promoverlo, difundirlo e investigarlo. También puede decidir cómo se gasta el dinero, aprobar contratos con otras empresas o personas, y organizar la estructura de la CONADE. Además, puede autorizar donativos o perdonar deudas que le deban a la CONADE si es imposible cobrarlas, siempre siguiendo las leyes. Por último, debe revisar los informes del Director General y asegurarse de que los planes y programas se cumplan, tomando medidas si algo sale mal.
- Art. 20El jefe máximo del organismo, llamado Director General, es elegido o despedido directamente por el Presidente de la República. Para que alguien pueda ocupar ese puesto, debe cumplir con los requisitos que marca el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. Básicamente, el Presidente decide quién queda a cargo y también puede quitarlo del cargo cuando quiera, siempre que la persona cumpla con lo que pide esa otra ley. No cualquiera puede ser director, solo quien reúna las condiciones legales.
- Art. 21El Director General de la CONADE es como el jefe máximo del día a día. Su trabajo es administrar y representar legalmente a la institución, y también proponerle al consejo (Junta Directiva) los planes y el presupuesto para que ellos los aprueben. Además, se encarga de que todo funcione bien y ordenado, desde organizar los programas de trabajo hasta controlar la calidad de lo que se compra. También debe presentar informes de resultados al consejo al menos dos veces al año para que vean cómo van las cosas en comparación con lo que se había planeado. Por último, firma los contratos de los trabajadores y se asegura de que se cumplan todas las reglas y acuerdos que tome la Junta Directiva.
- Art. 22El Director General puede hacer cosas que la Junta Directiva le encargue para manejar y representar legalmente a la CONADE, como si fuera su apoderado. En otras palabras, la Junta le da permiso para tomar decisiones y actuar en nombre de la institución.
- Art. 23El encargado de vigilar cómo funciona la CONADE será un Comisario Público, que es como un supervisor del gobierno. Este puesto lo va a ocupar una persona principal (propietario) y otra que la reemplaza cuando no está (suplente). Ambos son elegidos por la Secretaría de la Función Pública, siguiendo las reglas de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
- Art. 24Los Comisarios Públicos son como los "supervisores" del gobierno para la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Su trabajo principal es vigilar que la CONADE cumpla con todas las leyes, reglas y programas que el gobierno federal le pide, y que maneje su dinero y presupuesto correctamente. También deben revisar que la CONADE haga bien su trabajo, midiendo sus resultados con indicadores (como metas o números) y dar su opinión sobre cómo le está yendo. Además, pueden asistir a las juntas de la CONADE para dar su punto de vista, pero sin derecho a votar, y pedir informes para asegurarse de que todo esté en orden.
- Art. 25Los Comisarios Públicos (como supervisores del gobierno) tienen que seguir al pie de la letra un montón de reglas cuando trabajan. Esas reglas son: la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (la ley que controla a empresas del gobierno), su reglamento (que explica cómo aplicarla), el Estatuto Orgánico (un documento interno de cada organismo) y cualquier otra ley que les toque. En pocas palabras, no pueden hacer lo que quieran, sino que deben obedecer todas esas normas.
- Art. 26El artículo dice que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte va a tener un órgano de control interno, como una especie de vigilante para revisar que todo se haga bien. Ese órgano será manejado por un Contralor Interno, que es como el jefe encargado de supervisar. Para hacer su trabajo, el Contralor va a tener ayuda de los jefes de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades. Esos jefes son elegidos con las mismas reglas que el Contralor.
- Art. 27El Contralor Interno (que es como el vigilante interno del dinero y los gastos de la institución) puede ir a todas las juntas importantes de la Junta Directiva, ya sean juntas normales o especiales. Puede participar dando su opinión (eso es "con voz"), pero no puede votar en las decisiones que se tomen. Es como un invitado que opina, pero sin derecho a decidir.
- Art. 28El Contralor Interno y sus direcciones (las que se encargan de revisar gastos y sancionar faltas) piden ayuda a su propio equipo de trabajo para atender los casos y llevar a cabo los procesos que les toca resolver. Ese equipo es el personal que ya está asignado a la oficina de control interno. En pocas palabras, se vale de su propia gente para hacer su chamba.
- Art. 29El Contralor Interno de la CONADE es como el "vigilante" de adentro que se asegura de que los trabajadores de la dependencia cumplan con su deber. Puede recibir quejas de la gente, investigar si alguien hizo algo mal y castigarlo, aunque los casos más graves los pasa a la Secretaría de la Función Pública. También planea auditorías, revisa cómo se gasta el dinero y, si descubre un delito, lo denuncia ante las autoridades. Además, ayuda a que la CONADE funcione mejor y le pide información a las áreas que la necesiten para hacer su trabajo.
- Art. 30La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) tiene varias funciones importantes. Por ejemplo, puede hacer las tareas que le corresponderían a la SEP en temas de deporte, excepto las que sean exclusivas de esa secretaría. También puede proponer y vigilar las políticas de deporte en México, tanto el deporte social (para la comunidad) como el de rendimiento (de alto nivel). Además, puede firmar acuerdos con gobiernos estatales y municipales, y con empresas privadas, para promover el deporte. Otras atribuciones incluyen hacer programas nacionales de deporte junto con la SEP, coordinar investigaciones sobre deporte, y apoyar la capacitación de entrenadores, jueces y deportistas.
- Art. 31Este artículo dice que los empleados de la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) tienen los mismos derechos laborales que cualquier otro trabajador en México. Sus relaciones con el patrón se rigen por la Ley Federal del Trabajo y por el Apartado A del artículo 123 de la Constitución, que es la parte que protege a los trabajadores en general. En otras palabras, no tienen un régimen especial ni privilegios diferentes a los de cualquier otro empleado del sector privado o de empresas. Tienen derecho a un contrato, prestaciones de ley y todas las garantías que ya conoces.
- Art. 32Cada estado, municipio o alcaldía de la Ciudad de México puede tener su propio grupo de trabajo para promover el deporte y la activación física, siempre coordinado con la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Este grupo se encarga de juntar a dependencias de gobierno, empresas, asociaciones y escuelas locales para crear programas y conseguir dinero para impulsar el ejercicio y el deporte en su zona. La idea es que usen bien los recursos humanos, el presupuesto y el equipo disponible para organizar eventos y actividades. En resumen, cada nivel de gobierno puede formar su propio “sistema deportivo” local para que más personas hagan ejercicio y practiquen deportes.
- Art. 33Los gobiernos de los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México tienen la obligación de motivar y apoyar a la gente que vive en su zona para que haga ejercicio, practique deporte y lleve una vida activa. Cada uno de estos gobiernos debe hacerlo dentro de lo que les corresponde según su nivel de autoridad y el territorio que manejan. En pocas palabras, les toca a ellos impulsar programas y actividades deportivas para que los ciudadanos se muevan más y estén saludables.
- Art. 34Este artículo dice que los gobiernos de cada estado de México (como el de Jalisco o Nuevo León) tienen varias obligaciones en el tema del deporte y la activación física. Por ejemplo, deben crear y supervisar su propia política estatal de deporte, asegurándose de que no vaya en contra del plan nacional. También pueden hacer acuerdos con la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) y con los municipios para trabajar juntos. Además, tienen que mantener un registro estatal de deportistas y actividades físicas, y promover que empresas y organizaciones privadas se involucren en el fomento del deporte. Todo esto lo deben hacer siguiendo lo que dice esta ley y las leyes locales de su estado.
- Art. 35Los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México tienen el derecho y la obligación de hacerse cargo del deporte y la activación física en su zona. Pueden proponer, organizar y checar cómo se aplican las políticas de deporte local, además de crear sus propios programas de ejercicio y cultura física. También deben coordinarse con la CONADE (la comisión nacional de deporte) y con otros gobiernos para promover el deporte entre la gente. Pueden invitar a empresas y organizaciones privadas a participar en estas actividades. Por último, deben cumplir con todo lo que digan esta ley y otras reglas aplicables.
- Art. 36El gobierno de tu estado, tu municipio o las alcaldías de la Ciudad de México tienen que seguir al pie de la letra lo que dice esta Ley, su Reglamento y cualquier otra ley nacional o internacional que tenga que ver con el deporte. Los Congresos de cada estado deben crear las leyes locales necesarias para aplicar esta Ley, incluyendo cómo dar descuentos de impuestos o estímulos fiscales para fomentar el deporte. Y los Ayuntamientos o Alcaldías deben emitir sus propias reglas administrativas, siempre respetando lo que dice esta Ley. En pocas palabras, todos los niveles de gobierno deben coordinarse para que las reglas se cumplan igual en todo el país.
- Art. 37Los gobiernos de los estados, municipios y de la Ciudad de México tienen que dar de alta en sus listados oficiales a las asociaciones y sociedades deportivas que los conforman. Para eso, primero revisan que cumplan con los requisitos que pide el sistema nacional de deporte (SINADE) y también se coordinan con el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte. Ese registro es obligatorio para que puedan formar parte del sistema de deporte de su estado o municipio. Sin ese paso, simplemente no pueden entrar.
- Art. 38Los gobiernos de cada estado, municipio y las alcaldías de la Ciudad de México que se encargan del deporte pueden usar sus propias reglas, siempre y cuando no vayan en contra de esta ley federal, su reglamento y las normas que de ella salgan. Además, deben cumplir en todo momento con todas las obligaciones que tienen como parte del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE, que es el sistema que coordina el deporte en todo el país). En otras palabras, pueden hacer lo suyo, pero siempre respetando las reglas generales y las responsabilidades que ya están establecidas a nivel nacional.
- Art. 39Los gobiernos de los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México tienen que trabajar juntos para aplicar los planes de deporte y activación física que acuerde el SINADE (el consejo nacional que coordina estos temas en todo el país). Además, las oficinas locales de deporte de cada estado, municipio y de la Ciudad de México deben hacer públicos sus presupuestos, sus programas y sus sistemas de evaluación, publicándolos en la gaceta o periódico oficial de su región. Esto asegura que cualquier persona pueda enterarse de cuánto dinero se gasta y cómo se mide el resultado.
- Art. 40La CONADE, que es una oficina del gobierno federal encargada del deporte, se va a poner de acuerdo con los gobiernos de los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México para hacer cumplir esta ley. También, cuando sea necesario, va a platicar y acordar acciones con clubes, asociaciones o empresas privadas y con grupos de la sociedad. Todo esto lo hará si esas acciones pueden afectar de manera clara y directa los intereses de la cultura física y el deporte en todo México.
- Art. 41Este artículo dice que el gobierno (federal, estatal, municipal y de la Ciudad de México) debe trabajar junto con empresas u organizaciones sociales para fomentar el deporte y la actividad física. Tienen que crear sistemas deportivos locales, asegurarse de que todos puedan hacer ejercicio o practicar algún deporte, y darle seguimiento al plan nacional de deporte. También deben construir y mantener instalaciones deportivas, apoyar a personas con discapacidad, prevenir la violencia en eventos masivos y promover la igualdad entre mujeres y hombres en el deporte. Todo esto lo harán coordinándose entre ellos y con otras autoridades de seguridad y protección civil.
- Art. 41 BisEl artículo dice cómo se organiza la seguridad en eventos deportivos masivos, como partidos de futbol o conciertos en estadios. Los organizadores deben seguir las reglas del municipio o de la Ciudad de México para mantener el orden dentro del lugar, pero la seguridad en la cancha, vestidores y áreas de jugadores es solo su responsabilidad, a menos que pidan ayuda a la policía o sea necesario para salvar vidas. La policía municipal o de la Ciudad de México se encarga de la seguridad en las calles alrededor del estadio. Si el evento es muy grande, el gobierno estatal o federal puede ayudar cuando lo pidan, según acuerdos previos. Todos los asistentes, incluyendo aficionados y equipos, deben seguir las indicaciones de protección civil para cuidar a las personas y las instalaciones.
- Art. 42Este artículo dice que para lograr lo que se menciona en el artículo anterior, las autoridades de todos los niveles (federal, estatal y municipal) pueden hacer acuerdos entre ellas o con empresas y organizaciones sociales. Esos acuerdos son como contratos de colaboración para trabajar juntos. Todo esto debe hacerse siguiendo los pasos y requisitos que marca el reglamento de esta ley. Básicamente, se trata de que todos los gobiernos y el sector privado o social se pongan de acuerdo para cooperar.
- Art. 43La CONADE va a registrar como Asociaciones Deportivas a cualquier organización o grupo de personas (como clubes o equipos) que tenga como meta promover, practicar o apoyar el deporte, sin que su objetivo principal sea ganar dinero. No importa cómo se llame la organización ni cómo esté formada legalmente, siempre y cuando su actividad principal sea deportiva y sin fines de lucro.
- Art. 44El gobierno está obligado a apoyar a los clubes, ligas y grupos de deporte que trabajen para que la gente pueda hacer ejercicio o practicar algún deporte. Esto significa que tanto las empresas como las organizaciones sociales y el gobierno deben cooperar entre sí, cada quien haciendo su parte, sin pelearse ni pasarse la responsabilidad. La idea es que todos trabajen juntos de forma responsable para que cualquier persona pueda tener acceso a la activación física, la cultura física y el deporte.
- Art. 45La CONADE (que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) va a anotar como "Sociedades Deportivas" a cualquier empresa, asociación o grupo legal (lo que la ley llama "personas morales"), sin importar su tipo, forma o nombre, siempre y cuando su principal objetivo sea ganar dinero a través de promover, practicar o ayudar al desarrollo del deporte. En otras palabras, si eres un negocio que busca lucrar con el deporte, te pueden registrar como una Sociedad Deportiva ante la CONADE.
- Art. 46Este artículo dice que las organizaciones deportivas se dividen en cuatro tipos: los equipos o clubes, las ligas, las asociaciones locales o regionales de algún estado, y las asociaciones de todo el país. También dice que los CONDE (que son grupos formados por universidades, tecnológicos y escuelas de todo tipo) cuentan como asociaciones deportivas regionales, porque su chiste es organizar actividades físicas para los estudiantes en coordinación con las autoridades. Además, hay "organismos afines", que son grupos que no organizan competencias, pero sí apoyan al deporte con investigación o promoción, y funcionan igual que las asociaciones nacionales. Por último, la ley incluye a todos los deportes, sin importar si son para estudiantes, personas con discapacidad o adultos mayores.
- Art. 47La CONADE, que es la comisión nacional de deporte, tiene que dar un registro oficial a los grupos o clubes deportivos. Pero para que te den ese registro, tu asociación o sociedad debe cumplir con lo que dice esta ley, su reglamento y otras reglas que aplican. Básicamente, si quieres que tu equipo deportivo sea reconocido oficialmente, tienes que seguir todos los requisitos legales.
- Art. 48Este artículo dice que si tú, como persona o como empresa, organizas un evento deportivo de manera ocasional y no es tu actividad principal, la ley te considera un "ente de promoción deportiva". Esto aplica siempre y cuando no sea una competencia de alto rendimiento, como las que menciona el artículo 56. Al hacerlo, tienes la obligación de cumplir con las reglas de esta ley y con todos los reglamentos deportivos que pongan el Gobierno Federal, los estados, los municipios y la Ciudad de México. En pocas palabras, aunque no te dediques al deporte, si organizas un evento así, debes seguir las mismas reglas que los demás.
- Art. 49Este artículo dice que las Asociaciones y Sociedades Deportivas tienen que seguir unas reglas específicas. Esas reglas están en el artículo 30, fracción XXI de esta misma ley, y hablan sobre cómo se deben formar las delegaciones deportivas que representan a México en competencias internacionales. En pocas palabras, no pueden elegir a los atletas a su antojo, sino que deben respetar los criterios que ya están establecidos en la ley.
- Art. 50Este artículo dice que las Federaciones Deportivas Mexicanas son consideradas Asociaciones Deportivas Nacionales, por lo que les aplican las mismas reglas que a cualquier otra asociación deportiva. Estas asociaciones deben organizarse y funcionar según sus propios estatutos, pero siempre siguiendo la ley, con democracia, transparencia y honestidad. También están obligadas a tratar igual a hombres y mujeres, y a garantizar que ambos tengan las mismas oportunidades para ocupar puestos de mando o representación. En pocas palabras, no puede haber discriminación de género en sus directivos.
- Art. 51Este artículo dice que las Asociaciones Deportivas Nacionales, que son equipos o federaciones de un deporte específico, no solo se encargan de sus propias reglas y organización, sino que también ayudan al Gobierno Federal como si fueran sus colaboradores. Esa ayuda se considera algo bueno para todo el público. Trabajan bajo la supervisión de la CONADE (la comisión nacional de deporte) en tareas como organizar competencias oficiales, promover su deporte en todo México, capacitar entrenadores, y ayudar a prevenir el uso de drogas en el deporte. También colaboran en la lucha contra la obesidad y en evitar la violencia en eventos deportivos. Además, representan a México en competencias internacionales y tienen autoridad para aplicar castigos o sanciones según la ley.
- Art. 52Las Asociaciones Deportivas Nacionales son como los jefes técnicos de un deporte en México. Se encargan de un solo deporte, como el fútbol o el box, y de todas sus variantes. Representan a México ante la federación internacional de ese deporte para que sea oficial. Básicamente, son las que ponen las reglas y organizan todo a nivel nacional.
- Art. 53Las asociaciones deportivas de todo el país deben seguir las reglas que marca esta Ley, su Reglamento y otras leyes que les toquen. También tienen que cumplir con sus propios estatutos, que son como su constitución interna, y con sus reglamentos particulares. En corto, deben respetar tanto las leyes generales como sus propias normas internas para funcionar bien.
- Art. 54Si un grupo deportivo (como una federación de algún deporte) quiere registrarse oficialmente como Asociación Deportiva Nacional ante la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte), debe cumplir con varios requisitos. Por ejemplo, el deporte debe tener interés nacional o internacional, contar con competencias en el extranjero con muchos participantes y representar a la mayoría de los que practican esa disciplina en México. Además, sus reglas internas (estatutos) deben establecer cómo se eligen sus directivos, cómo se toman decisiones, cómo manejan su dinero y cómo apoyan a sus deportistas para competencias. También necesitan estar afiliados a la federación internacional de su deporte, excepto la Charrería y los Juegos y Deportes Autóctonos, que no tienen que cumplir con ese último punto.
- Art. 55Para que una Asociación Deportiva Nacional reciba apoyos económicos del gobierno federal, tiene que estar registrada en la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). También debe cumplir con lo que dice esta ley, con el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte, y con las reglas del SINADE (el sistema que coordina el deporte en México). Además, tiene que seguir las normas de presupuesto que aprueba la Cámara de Diputados cada año y las reglas de operación correspondientes.
- Art. 56Las asociaciones deportivas nacionales, como las federaciones de cada deporte, son las únicas que pueden organizar torneos llamados "Campeonato Nacional". Esto significa que nadie más, ni empresas ni grupos independientes, puede usar ese nombre para sus competencias. Además, deben seguir al pie de la letra sus propias reglas internas y lo que diga la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Así que, si organizas o participas en uno, asegúrate de que sea de una asociación oficial.
- Art. 57Cuando haya competencias deportivas oficiales internacionales en México, las Asociaciones Deportivas Nacionales (que son los grupos que organizan el deporte a nivel país) deben registrarlas en la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Para eso, tienen que seguir el procedimiento y los requisitos que marca el Reglamento de esta Ley. También deben cumplir con las reglas que la CONADE establezca según un punto específico de la ley (el artículo 30, fracción XXII). En pocas palabras, no pueden organizar eventos internacionales sin avisar y pedir permiso a la CONADE, y deben hacer todo como lo indica el reglamento.
- Art. 58El artículo 58 dice que la CONADE (la dependencia de gobierno que maneja el deporte) puede revisar y vigilar cómo las Asociaciones Deportivas Nacionales usan el dinero público que reciben. Esto lo hace para asegurarse de que esas asociaciones cumplan bien con su trabajo de apoyar al gobierno. Pero la CONADE debe respetar la forma en que las asociaciones se organizan por sí mismas, siempre y cuando eso no ponga en riesgo los intereses de todos. En pocas palabras, el gobierno puede supervisar el dinero, pero sin meterse en cómo se organizan internamente.
- Art. 59El artículo dice que la CONADE, a través de un grupo especial llamado COVED, vigila las elecciones de las asociaciones deportivas nacionales (como las federaciones de cada deporte). El COVED se asegura de que esas elecciones sean legales, transparentes, justas y den las mismas oportunidades a hombres y mujeres para ser elegidos. Si alguien tiene alguna queja o problema durante el proceso de elección, el COVED lo resuelve siguiendo las reglas establecidas. Si no estás de acuerdo con la decisión final del COVED, puedes apelar ante otro organismo llamado CAAD. Al final, el COVED entrega un documento oficial que confirma quién ganó la elección.
- Art. 60El COVED es un grupo de personas que se encarga de ciertas decisiones en el deporte. Lo forman un presidente y dos consejeros principales, cada uno con un suplente, y todos son elegidos por la Junta Directiva de la CONADE. Para ser parte, necesitas tener título de abogado, saber de deportes y ser una persona honesta y con buena reputación. El presidente y los consejeros duran cuatro años en el puesto, y pueden ser elegidos otra vez para repetir un periodo más. El COVED debe seguir las reglas que marca esta ley, su reglamento y otras leyes que le apliquen.
- Art. 61Las empresas u organizaciones (personas morales) que se dediquen a promover el ejercicio y los deportes recreativos pueden registrarse en la CONADE. Si no buscan ganar dinero principalmente, se registrarán como Asociaciones Recreativo-Deportivas. Pero si su objetivo principal es obtener ganancias (fines de lucro), entonces se registrarán como Sociedades Recreativo-Deportivas. Esto aplica sin importar su tipo o nombre, siempre que su actividad esté relacionada con la activación física.
- Art. 62Este artículo habla de que cualquier empresa, asociación o grupo (como un club o una fundación) que ayude a la rehabilitación de personas a través del deporte o la actividad física, puede registrarse oficialmente en la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Si tu grupo no busca ganar dinero principalmente, te registrarás como "Asociación de Deporte en la Rehabilitación". Pero si tu negocio sí tiene como meta principal obtener ganancias o lucro, entonces te registrarás como "Sociedad de Deporte en la Rehabilitación".
- Art. 63Este artículo habla de las empresas o grupos organizados (llamados personas morales), sin importar cómo se llamen o cómo estén formados. Si se dedican a promover la educación física y el deporte en México —como investigar, enseñar o difundir estos temas—, la CONADE las va a registrar de dos formas. Si su principal objetivo no es ganar dinero, las registrará como Asociaciones de Cultura Física-Deportiva. Si su actividad sí busca obtener ganancias o lucro, las registrará como Sociedades de Cultura Física-Deportiva.
- Art. 64Para que la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) te dé el registro como asociación o sociedad deportiva (de las que hablan los artículos 61, 62 y 63), tienes que seguir el trámite que marca el Reglamento de esta Ley. Es como si pidieras un permiso oficial: sin hacer ese trámite no te lo otorgan. Piensa que la CONADE es la oficina que revisa y aprueba los papeles.
- Art. 65Si una asociación o sociedad deportiva ya no cumple con las razones por las que fue registrada, o si la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) considera que no está logrando los fines para los que se creó, entonces se va a iniciar un proceso para quitarle su registro, siguiendo las reglas que marca el reglamento de esta ley. En otras palabras, si el club o equipo deportivo ya no sirve para lo que fue aprobado o no cumple su función, la autoridad puede cancelar su registro oficial. Esto no pasa de inmediato, sino que se sigue un procedimiento establecido.
- Art. 66Cualquier organización, ya sea del gobierno o privada, que reciba dinero del presupuesto público (del erario), tiene que entregarle cada seis meses un reporte a la CONADE explicando en qué gastó esos recursos. Además, esa organización está obligada a aceptar las revisiones de cuentas y las evaluaciones que la CONADE quiera hacerle. También debe darle un informe anual a la CONADE sobre todo lo que hizo y los resultados que obtuvo en competencias nacionales e internacionales, junto con un plan de trabajo para el año siguiente. Por último, la CONADE le tiene que presentar cada seis meses un reporte a los diputados y senadores del Congreso con los resultados de todo esto.
- Art. 67El COM es el Comité Olímpico Mexicano, una organización independiente del gobierno que tiene su propio dinero y puede hacer trámites legales por su cuenta. Está formado principalmente por asociaciones deportivas nacionales que ya están registradas en federaciones internacionales y aprobadas por el Comité Olímpico Internacional, siguiendo las reglas de la Carta Olímpica. Su trabajo es de beneficio para todos porque su objetivo principal es promover, proteger y cuidar el deporte y el movimiento olímpico en México, además de difundir los valores del olimpismo. También se encarga de representar al Comité Olímpico Internacional aquí en el país.
- Art. 68El COM (Comité Olímpico Mexicano) funciona siguiendo su propio reglamento interno, pero también debe cumplir con las reglas del Comité Olímpico Internacional. Todo esto tiene que respetar las leyes de México y los tratados internacionales que el país haya firmado. En pocas palabras, el COM no puede hacer lo que quiera: tiene que seguir tanto las normas deportivas mundiales como las leyes mexicanas.
- Art. 69El Comité Olímpico Mexicano (COM) es el único que puede representar a México en los Juegos Olímpicos y en cualquier competencia regional, continental o mundial que sea organizada por el Comité Olímpico Internacional. También es el único que puede inscribir a los atletas y miembros de las delegaciones mexicanas para que puedan participar en esos eventos. En pocas palabras, ninguna otra institución puede hacer ese trabajo.
- Art. 70El COM (que es el Comité Olímpico Mexicano) se encarga de promover en México los deportes que están reconocidos por la Carta Olímpica, que son las reglas del movimiento olímpico. También tiene la obligación de explicar y defender los valores del olimpismo, como el juego limpio y la hermandad entre países. Además, el COM es el responsable de que en México se respeten las normas de la Carta Olímpica, especialmente para evitar que alguien use mal los símbolos olímpicos, como el logo, la bandera, el lema o el himno, o que use las palabras "olímpico", "olimpiada" o "juegos olímpicos" sin permiso. Para eso, debe tomar medidas a tiempo y buscar protección legal contra esos usos indebidos.
- Art. 71El Comité Olímpico Mexicano (COM) y la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) van a trabajar juntos para armar los equipos de deportistas que representen a México en competencias internacionales, como los Juegos Olímpicos o mundiales. Esto significa que ambas instituciones se ponen de acuerdo para decidir quiénes forman parte de la delegación mexicana. Es como si fuera un equipo de trabajo que elige a los atletas que van a representar al país en el extranjero.
- Art. 72El COM (Comité Olímpico Mexicano) tiene como tareas principales: Primero, motivar a niños y jóvenes a que les guste el deporte y los valores olímpicos en todo México. Segundo, junto con las Asociaciones Deportivas Nacionales y la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte), decide cómo se eligen a los atletas que representarán a México en competencias internacionales como los Juegos Olímpicos, y puede hacer acuerdos para lograrlo. Tercero, ayuda a organizaciones públicas y privadas a promover una cultura deportiva sana. Cuarto, impulsa la creación de escuelas y centros para entrenar entrenadores, directivos y administradores del deporte. Quinto, apoya a la CONADE en todo lo que tenga que ver con el desarrollo deportivo del país.
- Art. 73El Comité Paralímpico Mexicano es una organización independiente, con su propio dinero y reglas, formada por las asociaciones deportivas nacionales que se encargan del deporte adaptado para personas con discapacidad. Estas asociaciones deben estar afiliadas a federaciones internacionales reconocidas por el Comité Paralímpico Internacional. Su trabajo principal es promover y cuidar el desarrollo del deporte paralímpico en México, además de difundir sus valores y representar al Comité Paralímpico Internacional en el país. Por todo esto, lo que hace se considera de beneficio público.
- Art. 74El COPAME (que es el Comité Paralímpico Mexicano) funciona siguiendo sus propias reglas internas, llamadas estatuto y reglamento. También debe cumplir con los principios y normas que marca el Comité Paralímpico Internacional, pero sin dejar de lado las leyes de México y los acuerdos internacionales que le correspondan. En pocas palabras, el COPAME opera bajo sus propias reglas, las internacionales y las leyes mexicanas.
- Art. 75El COPAME es el único organismo autorizado para representar a México en los Juegos Paralímpicos y en competencias regionales, continentales y mundiales. También es el único que puede inscribir a los atletas y al resto del equipo deportivo nacional en esos eventos. Nadie más puede hacer ese trabajo, solo el COPAME tiene esa facultad.
- Art. 76El COPAME (que es el Comité Paralímpico Mexicano) va a apoyar a las Asociaciones Deportivas Nacionales para que promuevan y fomenten en México los deportes que reconoce el Comité Paralímpico Internacional. También se va a encargar de que esos deportes se practiquen con respeto y va a difundir los principios del paralimpismo (los valores y reglas del deporte paralímpico) en todo el país. Todo esto lo hará siguiendo lo que diga el Comité Paralímpico Internacional.
- Art. 77El COPAME (la comisión que resuelve pleitos en el deporte) y la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) van a trabajar juntos para armar los equipos que representen a México en competencias internacionales. Lo harán respetando lo que cada uno puede hacer según la ley, sin pisarse los derechos. Esto aplica para torneos fuera del país, de los que habla el artículo 75. En resumen, ambas instituciones colaboran para elegir a los atletas que irán a eventos deportivos en el extranjero.
- Art. 78La CAAD es como un juzgado especial que depende de la SEP, pero funciona por su cuenta para resolver problemas legales en el deporte. Su trabajo principal es atender quejas formales (recursos de apelación) cuando alguien no está de acuerdo con una decisión deportiva. También puede actuar como árbitro en conflictos entre deportistas, entrenadores, directivos o autoridades deportivas. Además, puede ayudar a mediar o conciliar para que las partes lleguen a un acuerdo sin necesidad de pelear legalmente. Este órgano toma sus propias decisiones sin que nadie más le ordene qué hacer.
- Art. 79La CAAD (Comisión de Arbitraje y Apelaciones del Deporte) puede resolver quejas de personas o equipos registrados en el RENADE o SINADE cuando una autoridad deportiva los afecte en sus derechos. Si te quejas, puedes pedir que se detenga temporal o definitivamente lo que te afecta mientras se resuelve el caso. Si no eres directivo o autoridad, la CAAD te ayuda a corregir errores en tu queja. También puede actuar como mediador o árbitro para solucionar problemas entre deportistas, entrenadores o directivos. Por último, puede castigar a quienes no cumplan sus decisiones y proteger los derechos de deportistas con discapacidad.
- Art. 80La CAAD (Comisión de Arbitraje y Disciplina Deportiva) se va a organizar con un grupo principal llamado Pleno, más las oficinas regionales que necesite para funcionar bien. El Pleno se compone de un presidente o presidenta y cuatro personas más que serán los miembros titulares, todos elegidos por el presidente de la República, procurando que haya equidad entre hombres y mujeres. Para ocupar esos puestos, se necesita tener título de licenciatura en Derecho, saber mucho de deportes, y tener buena reputación y moral intachable. Quienes sean elegidos durarán tres años en el cargo, y pueden ser reelegidos solo por un periodo más.
- Art. 81El Pleno de la CAAD (que es el grupo completo de personas que toman decisiones en esa dependencia) necesita que esté presente más de la mitad de sus miembros para poder juntarse a sesionar. Si el Presidente no llega a una junta, los demás eligen a otro miembro para que lo reemplace solo en esa sesión. Si el Presidente renuncia o ya no puede seguir, el Presidente de la República escoge a otro de los miembros para que termine su encargo. Lo mismo pasa si cualquier otro miembro se va de modo definitivo: el Presidente de la República designa a quien lo va a sustituir hasta que termine el periodo.
- Art. 82El gobierno federal tiene la obligación de crear las reglas que se necesiten para que la CAAD (una dependencia) funcione bien y esté bien organizada. También debe darle cada año el dinero suficiente para que pueda operar. En pocas palabras, el gobierno se encarga de poner las reglas y el presupuesto para que esa entidad trabaje.
- Art. 83Si quieres apelar una decisión que te afecta, tienes 15 días hábiles para presentar tu queja. Puedes hacerlo por escrito, en persona o por internet, y debes explicar qué pasó, quién tomó la decisión injusta, por qué te perjudica y ofrecer pruebas. Si lo haces por medios electrónicos, tienes que confirmarlo por escrito y entregar los documentos en un plazo de 3 días hábiles. La autoridad (CAAD) revisa tu caso en 5 días y, si falta información, te da 3 días para corregirlo; si no lo haces, tu recurso es rechazado. Si tu apelación es aceptada, se convoca a una junta para tratar de llegar a un arreglo, la cual se realiza aunque no vayas. También puedes pedir una suspensión temporal de la decisión que estás impugnando, siempre que no afecte a otros ni vaya contra la ley.
- Art. 84El deporte profesional es cuando una persona (el deportista) trabaja para un equipo o empresa, igual que cualquier otro empleado. A cambio de jugar o entrenar, recibe un sueldo o pago económico. Esto significa que el deportista tiene una relación de trabajo formal, con derechos y obligaciones laborales. En pocas palabras: si te pagan por practicar tu deporte, eres un deportista profesional.
- Art. 85Este artículo dice que los deportistas que trabajan como profesionales tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador en México. Su relación con los equipos o clubes debe manejarse según la Ley Federal del Trabajo, no con contratos informales. Esto significa que tienen derecho a prestaciones como seguro social, aguinaldo, vacaciones y un contrato por escrito. En pocas palabras, los deportistas profesionales son empleados como cualquier otro trabajador.
- Art. 86Si eres un atleta profesional mexicano y te llaman para formar parte de una preselección o selección nacional que represente a México en competencias internacionales, la ley te da los mismos derechos y apoyos que a los deportistas de alto rendimiento. Esto significa que puedes acceder a becas, estímulos económicos y otros beneficios que la ley ya tiene guardados para los mejores atletas.
- Art. 87La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) se encarga de juntar y apoyar la creación de grupos llamados comisiones nacionales de Deporte Profesional. Estos grupos van a trabajar dentro del SINADE (Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte), que es como el equipo grande que organiza el deporte en México. Todo esto se hace siguiendo las reglas que vienen en el Reglamento de esta Ley, que es como el manual para aplicar bien lo que dice aquí. En pocas palabras, buscan que el deporte profesional en México esté mejor organizado y coordinado.
- Art. 88Este artículo dice que en todas las escuelas y niveles educativos del país se debe promover el ejercicio y la actividad física, porque ayudan a que las personas se desarrollen de manera completa y saludable. El gobierno federal, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México deben trabajar juntos, y también incluir a empresas y organizaciones de la sociedad, para hacer lo siguiente: dar a conocer programas de deporte y cultura física, promover eventos deportivos, apoyar investigaciones sobre el tema, fomentar que la gente haga del deporte un hábito diario, y difundir el patrimonio deportivo del país, como los Juegos Tradicionales, los Autóctonos y la Charrería. Además, estos juegos y la Charrería se consideran parte de la herencia cultural deportiva de México, por lo que las autoridades deben protegerlos y promoverlos, haciendo acuerdos de colaboración entre ellas y con las asociaciones deportivas nacionales y locales.
- Art. 89La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) trabajará con la SEP, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México para organizar y promover que se usen bien los espacios deportivos públicos, con el fin de que toda la gente haga ejercicio y deporte. Los jefes de las oficinas del gobierno federal tienen la obligación de motivar a sus empleados a hacer actividad física o deporte, para ayudar a controlar el sobrepeso y la obesidad, mejorar su salud física y mental, y facilitar que se integren mejor en la sociedad. Para cumplir con esto, pueden hacer acuerdos con la CONADE. También deben impulsar reglas o convenios que permitan que los trabajadores tengan condiciones laborales que les dejen tiempo para entrenar y participar en competencias oficiales.
- Art. 90El gobierno considera importante para todos que se construyan, arreglen o mantengan espacios como canchas, gimnasios y albercas, para que la gente pueda hacer ejercicio y deporte. Por eso, invita a empresas y grupos de la sociedad a participar en estos proyectos en todo México.
- Art. 91Cuando se vayan a construir o planear instalaciones deportivas con dinero del gobierno, se debe tomar en cuenta qué deportes se van a practicar ahí y pedir la opinión de la asociación deportiva nacional correspondiente. También hay que seguir las reglas de construcción y seguridad que marca la Norma Oficial Mexicana, para que personas con discapacidad física puedan usarlas sin problemas. Además, esas instalaciones deben servir para varios deportes, estar disponibles en distintos horarios y adaptarse a diferentes niveles de práctica. Al final, el lugar debe estar abierto para que toda la comunidad lo pueda usar.
- Art. 92Los grupos que forman parte del sistema nacional del deporte (SINADE) deben buscar que se usen bien y al máximo los espacios públicos para hacer ejercicio. Si haces deporte en áreas naturales, debes respetar la naturaleza, no dañar sus recursos y seguir las reglas de los planes de desarrollo de tu zona. También es obligatorio cuidar las zonas protegidas para no afectar la diversidad de plantas y animales, los ecosistemas, el manejo de basura y el patrimonio natural o cultural del lugar.
- Art. 93La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) se va a poner de acuerdo con la SEP, los gobiernos de los estados, los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México y también con empresas y organizaciones de la sociedad civil. El objetivo es que juntos se encarguen de mantener en buen estado las instalaciones donde se hace deporte o ejercicio, como canchas, gimnasios o albercas, y que se usen de la mejor manera posible. Para lograrlo, la CONADE va a emitir reglas o instrucciones claras que todos deben seguir.
- Art. 94La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) es la que va a crear las reglas y lineamientos necesarios para todo lo que tenga que ver con instalaciones para hacer deporte, ejercitarse o divertirse. También aplica para espacios donde se hace rehabilitación física o activación física (como hacer ejercicio para mantenerse saludable). En una reforma del 2020, se eliminó un párrafo que antes tenía este artículo, pero ahora solo dice eso. En pocas palabras, la CONADE decide cómo deben ser esos lugares.
- Art. 95Los gobiernos de los estados, municipios y alcaldías de la Ciudad de México deben registrar sus instalaciones deportivas en el RENADE (un sistema nacional que lleva el control de todos los lugares para hacer deporte). Esto solo se hace cuando los encargados de cada instalación lo pidan, y sirve para tener información actualizada y planificar mejor el deporte en todo el país. Además, la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) puede pedirle a las autoridades que cierren total o parcialmente cualquier instalación que no cumpla con las reglas mínimas de funcionamiento establecidas en las leyes mexicanas.
- Art. 96Este artículo dice que todos los lugares donde se haga ejercicio, deporte o eventos deportivos (como estadios, gimnasios o canchas) deben diseñarse, construirse y manejarse siguiendo las leyes y reglas oficiales. La idea es que cuiden la integridad y seguridad de quienes asisten o participan. También deben fomentar una convivencia tranquila y sin pleitos, para evitar al máximo la violencia, la discriminación o cualquier comportamiento que vaya contra la sana convivencia.
- Art. 97La CONADE (que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) va a pedirle a diferentes niveles de gobierno que presten o compartan espacios públicos como laboratorios, centros de salud, parques y plazas para que la gente pueda usarlos para hacer ejercicio o practicar deportes. Es decir, busca que se organicen entre varias dependencias para que esos lugares estén disponibles para la actividad física. Esto aplica a cualquier instalación que sea del gobierno, no solo las que ya mencionamos. La idea es que se aprovechen mejor los espacios públicos para que más personas puedan mantenerse activas.
- Art. 98Si vas a usar instalaciones para dar un espectáculo, tienes que seguir las reglas de esta Ley y lo que diga la Comisión Especial. También debes respetar los programas y fechas que ya se acordaron. Como organizador, tienes que comprobarle a la Comisión que tienes un seguro vigente que pague cualquier daño a personas o cosas que puedas causar, siempre que se demuestre que fue tu culpa y que ese daño se pueda asegurar.
- Art. 98 BisSi quieres organizar un evento deportivo masivo, como un partido de futbol o un concierto, el lugar donde se haga debe tener todo el equipo de seguridad y protección civil que pide la ley, sin importar quién haya pagado para construirlo. Las autoridades del municipio o de la Ciudad de México son las encargadas de revisar que se cumpla con esta regla.
- Art. 99La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) y la SEP (Secretaría de Educación Pública) trabajarán juntas para que se enseñe, investigue y difunda temas como tecnología, ciencia, activación física, cultura física y deporte. También se encargarán de construir escuelas y centros para enseñar y capacitar en estos temas. Básicamente, buscan que haya más conocimiento y lugares para aprender sobre deporte y actividad física.
- Art. 100Las personas que forman parte del SINADE (el Sistema Nacional de Protección Civil) deben participar activamente en las investigaciones y en la creación de nuevos conocimientos científicos. Para eso, pueden pedir ayuda o consejo a universidades públicas o privadas, así como a otras escuelas de educación superior del país. Todo esto se tiene que hacer siguiendo las reglas que ponga el Reglamento de esta Ley. En pocas palabras, la ley permite que los expertos trabajen junto con las universidades para mejorar la ciencia en temas de protección civil.
- Art. 101La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) va a ayudar a crear programas de capacitación para formar entrenadores, maestros y técnicos en deportes y activación física. Esto lo hará en colaboración con el gobierno federal, los gobiernos estatales y municipales, y también con organizaciones públicas, privadas y extranjeras. El objetivo es abrir escuelas y centros donde se prepare a profesionales en cultura física y deporte. Además, estos programas deben incluir capacitación especial en deporte adaptado, que es el que practican las personas con discapacidad.
- Art. 102La CONADE, que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, va a trabajar junto con las Asociaciones Deportivas Nacionales (los grupos que organizan cada deporte en México) para ayudar a formar, capacitar y certificar a entrenadores, maestros y personas que enseñan o practican deporte. Para lograr esto, la CONADE va a crear reglas o pasos claros sobre cómo obtener un reconocimiento oficial (acreditación), siempre siguiendo lo que dice la Ley General de Educación. En pocas palabras, el artículo busca que haya profesionales bien preparados para que el deporte se enseñe y practique de forma correcta y segura.
- Art. 103La CONADE, que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, se va a poner de acuerdo con la SEP (la Secretaría de Educación Pública) para impulsar estudios y avances en temas como medicina deportiva, cómo evitar el dopaje, psicología para deportistas, nutrición y otras ciencias que ayuden a hacer bien el deporte y la actividad física.
- Art. 104La CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) se encargará de organizar todo lo necesario para que los miembros del SINADE (el sistema que reúne a instituciones deportivas del país) reciban los beneficios que se consigan gracias a los avances y estudios en las ciencias del deporte. En otras palabras, si hay nuevos hallazgos o investigaciones que ayuden a mejorar el rendimiento o la práctica deportiva, la CONADE debe asegurarse de que estos beneficios lleguen a todos los que forman parte del sistema deportivo nacional.
- Art. 105Los atletas que forman parte del sistema deportivo nacional (SINADE) tienen derecho a que les den atención médica. Para lograrlo, el gobierno federal, los estados, los municipios y la Ciudad de México deben ponerse de acuerdo con hospitales y clínicas públicas o privadas. Los deportistas de alto rendimiento y sus entrenadores, que estén registrados en el padrón nacional (RENADE), y también los talentos deportivos que estén en preselecciones o selecciones nacionales, deben tener un seguro de vida y para gastos médicos, el cual será pagado por la CONADE. Además, pueden recibir apoyos económicos según los resultados que consigan. Todo esto se hará siguiendo las reglas que marque el reglamento de esta ley.
- Art. 106Los clubes deportivos, asociaciones o empresas que organicen torneos o competencias oficiales tienen la obligación de tener atención médica disponible para cualquier emergencia que surja durante los eventos. Esto aplica tanto si los organizan ellos mismos como si los promueven. El servicio médico debe cubrir las prácticas y las competencias, no solo los partidos o juegos importantes. En pocas palabras, si organizas un evento deportivo, debes asegurarte de que haya doctores o enfermeros listos para atender a los participantes.
- Art. 107Las escuelas, hospitales y centros de salud que dependen del gobierno deben crear programas para dar atención médica, apoyo psicológico y asesoría nutricional a los atletas. También tienen que impulsar cursos para que más doctores y especialistas se capaciten en medicina deportiva. Además, deben apoyar estudios científicos sobre el deporte y el rendimiento físico. Cada institución lo hará dentro de su área de responsabilidad.
- Art. 108La Secretaría de Salud y la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) deben asegurarse de que existan y se apliquen programas para prevenir enfermedades y lesiones que puedan ocurrir al hacer deporte. También tienen que ofrecer servicios de medicina deportiva y otras ciencias relacionadas, que sean especializados y de buena calidad. En pocas palabras, el gobierno se compromete a cuidar tu salud cuando practiques algún deporte.
- Art. 109Las autoridades checarán que los laboratorios y los profesionistas que trabajan en estas áreas cumplan con lo que piden los Reglamentos y las Normas Oficiales Mexicanas. Esas reglas las va a hacer la dependencia encargada del tema. Si no cumplen, no podrán ejercer su trabajo oficialmente. Esto aplica para lo relacionado con el estímulo a la cultura física y al deporte. Básicamente, es para asegurarse de que todo esté en orden y sea confiable.
- Art. 110La CONADE y otras dependencias del gobierno pueden dar apoyos económicos, becas o premios a deportistas, entrenadores y organizaciones deportivas, siempre siguiendo las reglas de esta ley, su reglamento o la convocatoria correspondiente. Además, la CONADE debe asegurarse de que los deportistas con discapacidad reciban los mismos reconocimientos y beneficios que el gobierno da a los deportistas sin discapacidad, sin ningún tipo de discriminación.
- Art. 111Este artículo dice que los apoyos económicos que da la CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) solo se pueden usar para diez cosas específicas, como: desarrollar programas de asociaciones deportivas nacionales, impulsar investigaciones sobre ejercicio y deporte, apoyar a clubes, ligas y deportistas a nivel nacional, cooperar con gobiernos estatales y municipales para mejorar instalaciones deportivas, promover el deporte escolar y universitario, apoyar a personas con discapacidad, y participar en competencias internacionales según tratados. En pocas palabras, la CONADE solo puede soltar dinero para lo que está en esta lista.
- Art. 112Para que te den los estímulos y apoyos que dice este capítulo, debes cumplir dos cosas: ser parte del SINADE (el Sistema Nacional de Deportes) y que la Asociación Deportiva Nacional de tu deporte te proponga. Además, todos los trámites y requisitos extras los va a poner el reglamento de esta ley. Si te dan el apoyo, tienes que seguir al pie de la letra las reglas de tu deporte y lo que diga la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte).
- Art. 113El artículo 113 dice que los apoyos que da esta ley pueden ser de cinco tipos. Te pueden dar dinero o cosas materiales, cursos para aprender algo nuevo, consejos de expertos, ayuda directa, o alguien que te haga trámites por ti.
- Art. 114Si recibiste un estímulo (como una beca, apoyo o premio del gobierno), tienes cuatro obligaciones principales: 1. Hacer la actividad o cumplir con lo que prometiste para obtener el apoyo. 2. Comprobar ante la autoridad que te dio el estímulo que realmente hiciste lo que acordaste, y que cumpliste con todos los requisitos. 3. Aceptar que te revisen y fiscalicen para que verifiquen que usaste bien el apoyo recibido. 4. Proporcionar toda la información que te pidan las autoridades federales.
- Art. 115Si una persona, una empresa o un grupo ayuda a impulsar el deporte o la cultura física en México, la CONADE (que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) puede darle un reconocimiento público. También podría recibir premios en efectivo o en cosas materiales, como equipo deportivo. Pero para obtenerlos, primero tienes que cumplir con ciertos requisitos que la misma CONADE va a fijar. En pocas palabras, si apoyas el deporte, puedes recibir un "gracias" oficial y hasta un beneficio económico o en especie.
- Art. 116La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) usará su presupuesto para dar dinero y material a los deportistas de alto rendimiento que puedan estar en Juegos Olímpicos o Paralímpicos. Las reglas para entregar estos apoyos estarán en un reglamento de la ley, y deben tomar en cuenta la opinión de expertos del deporte y el desempeño del atleta en competencias oficiales.
- Art. 117Si eres un deportista o entrenador de alto rendimiento y recibes apoyo económico o material del gobierno (como becas, equipo o instalaciones), estás obligado a asistir a los eventos nacionales e internacionales que organice la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Esto significa que no puedes rechazar ir a esas competencias si quieres seguir recibiendo el apoyo. Es parte del trato: te ayudan, pero tú tienes que cumplir con representar a México cuando te llamen.
- Art. 118Este artículo dice que, por el bien de todas y todos, está prohibido que los deportistas consuman, usen o repartan drogas o sustancias químicas que sean peligrosas para su salud. También prohíbe usar métodos que no estén autorizados y que sirvan para aumentar de manera artificial su rendimiento físico o para cambiar los resultados de las competencias. En pocas palabras, se busca evitar el dopaje y cualquier trampa en el deporte para que sea más justo y seguro.
- Art. 119El artículo explica que el dopaje en el deporte es cuando le das a un atleta o a un animal que use en su deporte (como un caballo) una sustancia prohibida o un método no permitido, ya sea a propósito o sin querer. Esas sustancias o métodos vienen en una lista que actualiza cada año la Agencia Mundial Antidopaje, y la CONADE la publica para que todos la conozcan. Si alguien comete dopaje, se castiga según lo que dice el Artículo 151 de esta ley. Además, la federación, los estados, los municipios y la Ciudad de México, junto con organizaciones sociales y privadas, deben asegurarse de que se cumpla la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte y otras reglas que apliquen.
- Art. 120El artículo dice que la CONADE (que es como la autoridad deportiva en México) va a formar un grupo especial llamado Comité Nacional Antidopaje para combatir el dopaje en el deporte. Para lograrlo, va a invitar a participar a todas las dependencias del gobierno y organizaciones privadas que puedan ayudar según lo que cada una sabe hacer. Este comité se encargará de vigilar que los atletas no usen sustancias prohibidas. En pocas palabras, quieren juntar a varias autoridades para cuidar que el deporte sea limpio y sin trampas.
- Art. 121El Comité Nacional Antidopaje es la única autoridad que puede tomar muestras de orina o sangre de los deportistas y comenzar una investigación si salen positivas o raras en los análisis. También puede investigar otras faltas relacionadas con el dopaje que no se detecten con exámenes, como las que marca el Código Mundial Antidopaje. Este Comité se encarga de todo el proceso de investigación y del castigo, desde que empieza hasta que termina, y es quien da la resolución final.
- Art. 122Si algún atleta sale positivo en una prueba de dopaje (es decir, se descubre que usó sustancias prohibidas para mejorar su rendimiento), la asociación deportiva a la que pertenece ese atleta está obligada a avisarle a la CONADE y al COM (que son las instituciones que regulan el deporte en México). Esto aplica tanto si la prueba se hizo durante una competencia como fuera de ella. La asociación no puede quedarse callada, tiene que reportarlo.
- Art. 123La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) y diferentes autoridades locales, de salud y del sistema deportivo deben trabajar juntas para evitar el uso de sustancias prohibidas y métodos ilegales en el deporte, de los que se habla en otra parte de esta ley. También tienen que hacer informes y estudios para entender por qué se usan estas sustancias y qué consecuencias traen. Básicamente, se trata de prevenir, investigar y controlar el dopaje y todo lo relacionado con prácticas prohibidas en el deporte.
- Art. 124La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) te va a dar una cartilla oficial si eres deportista de alto rendimiento o talento deportivo y estás registrado en el RENADE (Registro Nacional del Deporte). En esa cartilla se van a controlar las sustancias prohibidas y los métodos que no están permitidos en el deporte. Tenerla es obligatorio para ti como deportista. Los requisitos para que te la otorguen los va a definir el Reglamento de esta Ley.
- Art. 125Este artículo dice que todos los atletas que forman parte de las selecciones nacionales de México están obligados a hacerse pruebas de dopaje. Esas pruebas pueden ser para detectar drogas prohibidas o métodos ilegales que mejoren su rendimiento. Deben hacerse al menos tres veces al año, ya sea durante una competencia o fuera de ella, según lo que marque el reglamento. En cambio, los deportistas extranjeros que compiten en México solo tienen que hacerse la prueba si los eligen en el evento donde participan.
- Art. 126Este artículo dice que, según esta ley, cuando un deportista o un animal que use en su deporte da positivo en una prueba antidopaje, se considera una falta administrativa. Eso quiere decir que ya de por sí es un problema legal, no solo una cuestión deportiva. Además, aparte de esa falta, el deportista también puede recibir castigos por parte de su federación o asociación deportiva, según lo que diga el reglamento. Y si la situación es grave, también podría enfrentar consecuencias penales, es decir, que lo investigue la policía o un juez.
- Art. 127Lo que dice este artículo es que las reglas del artículo 122 también se aplican a los directivos, técnicos, médicos, entrenadores o cualquier persona o empresa que sea responsable de inducir, facilitar o administrar sustancias o métodos de dopaje no permitidos en el deporte. O sea, si tú eres entrenador y le das a un atleta algo prohibido, te pueden sancionar igual que al deportista. Esto no quita que también te puedan castigar con otras leyes, como las penales, si aplican. Básicamente, no solo los atletas se meten en problemas por dopaje, sino también quienes los ayudan o lo hacen posible.
- Art. 128Si sales positivo en un control antidopaje, las instituciones que forman parte del sistema nacional del deporte (como las federaciones o la Conade) deben ayudarte a recuperar tu salud física y mental y a reintegrarte a la sociedad. No te dejan solo; su obligación es orientarte en el proceso para que puedas volver a la normalidad.
- Art. 129Para saber si alguien usó drogas o métodos prohibidos en el deporte, los análisis se tienen que hacer siguiendo las reglas de la Comisión Médica del Comité Olímpico Internacional y la Agencia Mundial Antidopaje. También deben cumplir con lo que ordene la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte). Todo el proceso tiene que respetar tus derechos como persona, o sea, no te pueden violar tu privacidad ni tratarte injustamente.
- Art. 130Los gobiernos federal, estatales y municipales, según lo que les toque hacer, deben crear leyes o reglamentos para evitar que se usen drogas o métodos prohibidos en el deporte. Esto significa controlar cómo se mueven, consiguen, guardan, traen del extranjero, venden o usan sustancias que mejoran el rendimiento físico de manera ilegal. En pocas palabras, buscan que no haya trampas en el deporte con químicos o técnicas no permitidas.
- Art. 131El Comité Nacional Antidopaje es el grupo encargado de revisar y dar el visto bueno a los laboratorios que hacen pruebas de dopaje aquí en México. También puede aceptar como válidos los resultados de laboratorios que ya tengan reconocimiento internacional del Comité Olímpico Internacional o de la Agencia Mundial Antidopaje. En pocas palabras, este comité decide qué laboratorios son confiables para hacer las pruebas en el país.
- Art. 132El Comité Nacional Antidopaje va a formar un grupo especial, llamado Subcomité de Homologación, para que se encargue de ciertos asuntos. Para armarlo, va a invitar a instituciones públicas y privadas que tengan la capacidad o autoridad para ayudar en el tema. Básicamente, buscan juntar a los expertos adecuados para que todo funcione bien.
- Art. 133La CONADE (Comisión Nacional del Deporte) y el Comité Nacional Antidopaje son los encargados de pedir que los laboratorios del país que hacen pruebas de doping obtengan o renueven su acreditación. Esto lo gestionan ante las autoridades que corresponden, para que esos laboratorios consigan una certificación internacional. En pocas palabras, ellos tramitan que los laboratorios mexicanos estén reconocidos a nivel mundial para hacer análisis antidopaje.
- Art. 134La CONADE es la institución encargada de administrar y hacer funcionar el laboratorio central que revisa si los atletas usan sustancias prohibidas. Esto significa que ellos deciden cómo se maneja y quién trabaja ahí. También se aseguran de que las pruebas antidopaje se hagan correctamente. En pocas palabras, la CONADE es la que lleva el control de todo lo relacionado con ese laboratorio.
- Art. 135El laboratorio oficial antidopaje en México se llama Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje. Este laboratorio es el único reconocido a nivel nacional, a menos que después aparezca otro laboratorio aprobado en el país. El Comité Nacional Antidopaje está obligado a mandar todas las muestras de orina o sangre que recolecte en eventos deportivos nacionales e internacionales, para que sean analizadas en ese laboratorio o en otro autorizado. Cuando se trate de competencias internacionales y la autoridad que revisa los resultados sea de otro país, se debe seguir lo que dice el Código Mundial Antidopaje, que son las reglas internacionales contra el dopaje.
- Art. 136Este artículo dice que hay ciertas muestras biológicas que no tienen que pagar ningún impuesto ni seguir ciertos trámites. ¿Cuáles? Las que se tomen en competencias deportivas que estén en los calendarios oficiales de las federaciones internacionales o en eventos del movimiento olímpico. Esas muestras se mandan a analizar a un laboratorio que ya esté autorizado por el Comité Olímpico Internacional o por la Agencia Mundial Antidopaje. En pocas palabras, las pruebas antidopaje hechas en estos eventos están libres de cargos extra y se procesan en laboratorios oficiales.
- Art. 137Las reglas de este capítulo aplican para cualquier evento deportivo en México, pero también hay que cumplir con otras leyes que saquen la Federación, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México. La CONADE, que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, puede dar consejos sobre el tema a los organizadores de eventos deportivos si ellos se lo piden, pero solo dentro de lo que le toca hacer.
- Art. 138La ley dice que son actos violentos en el deporte cosas como: peleas, empujones o desórdenes dentro del estadio, sus alrededores o en el transporte para llegar, hechos por cualquier persona (deportistas, entrenadores, árbitros, espectadores, organizadores). También cuenta mostrar carteles, cantar canciones o usar símbolos que inciten a la violencia o insulten a los participantes. Otra falta es meterse sin permiso a la cancha, hacer declaraciones que amenacen o creen un ambiente hostil, y dar dinero, tecnología o cualquier apoyo a grupos violentos.
- Art. 139Este artículo crea un grupo especial de personas, llamado Comisión Especial, que se encargará de hacer y dirigir los planes para evitar la violencia en el deporte. Este grupo está formado por representantes de varias organizaciones importantes, como la CONADE, los gobiernos de los estados y municipios, asociaciones deportivas y ligas profesionales. La CONADE será la que organice y coordine todo el trabajo de esta comisión. Además, en cada estado del país habrá una Comisión Local, encabezada por la persona responsable del deporte en esa entidad, para poner en práctica lo que se decida a nivel nacional. Por último, tanto la comisión nacional como las estatales tienen la obligación de hacer un programa anual de trabajo para prevenir la violencia en eventos deportivos.
- Art. 140Este artículo dice que un grupo especial de personas (la Comisión Especial) tiene que hacer varias cosas para que el deporte sea seguro y sin violencia. Entre sus labores están: promover la paz en los eventos deportivos, hacer campañas para que la gente entienda que la violencia no está bien, y ayudar a los que organizan partidos o competencias donde pueda haber pleitos. También deben trabajar con la policía y protección civil para que todo esté bajo control, y pueden dar consejos a quien los pida sobre cómo evitar broncas en el deporte. Además, tienen que estudiar por qué ocurre la violencia, llevar un registro de lo que pasa a nivel nacional, y avisar a las autoridades si ven riesgos para cuidar a las personas y los lugares donde se juega.
- Art. 141Este artículo dice que en los eventos deportivos no puedes meter armas, cuchillos, navajas, objetos con los que puedas golpear o lastimar a otros, ni nada que pueda poner en riesgo la seguridad de jugadores, entrenadores, árbitros o del público en general. Tampoco puedes entrar con cuetes, bombas de estruendo, bengalas, fuegos artificiales ni cosas parecidas. También prohíben llevar carteles, pancartas o mantas que ofendan a la gente, provoquen pleitos o no dejen ver bien quién eres. Además, las porras o grupos de animación solo pueden estar en lugares especiales que los equipos y las asociaciones deportivas hayan autorizado. Por último, está prohibido meter bebidas alcohólicas, drogas u otras sustancias similares, y tampoco puede entrar gente que esté borracha o bajo el efecto de esas sustancias.
- Art. 142Si vas como espectador o asistente a un evento deportivo, tienes que seguir las reglas que están en esta ley y las que ponga la autoridad local, además de las indicaciones del organizador. El organizador debe decirte claramente por qué podrían negarte la entrada al lugar. Si haces actos violentos o algo que esté castigado dentro o cerca del evento, te pueden aplicar multas o sanciones según las leyes federales, estatales o municipales que correspondan.
- Art. 143Este artículo dice que todas las personas que estén metidas en el deporte, como deportistas, entrenadores, directivos y otros, tienen la obligación de seguir las reglas que la Comisión Especial emita para evitar y eliminar la violencia en el deporte. También deben cumplir con los lineamientos que pongan las Asociaciones Deportivas Nacionales en sus propios reglamentos y estatutos. En pocas palabras, todos los involucrados en el deporte deben portarse bien y seguir las normas contra la violencia.
- Art. 144Los grupos que forman parte del sistema nacional del deporte (SINADE) pueden revisar de vez en cuando sus reglamentos y estatutos para detectar y controlar cosas que puedan provocar violencia entre deportistas o público. También deben apoyar a las autoridades que aplican las reglas para prevenir la violencia en el deporte, dándoles las facilidades y la ayuda que necesiten para que todo funcione bien. En pocas palabras, se trata de que estos grupos ayuden a evitar pleitos y a que las medidas contra la violencia se pongan en práctica de manera correcta.
- Art. 145La CONADE es la única autoridad que puede castigar a quien no cumpla con esta Ley, su Reglamento o las reglas que de ella se deriven. Las sanciones pueden ser multas u otras penalizaciones administrativas, pero solo la CONADE decide aplicarlas. Esto significa que ningún otro organismo puede imponerte un castigo por violar estas normas.
- Art. 146Si alguien que trabaja en el gobierno comete una falta, las multas o castigos se aplicarán siguiendo las reglas de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que es como el manual para hacer estos procesos. Además, los servidores públicos también tienen que cumplir con otras leyes especiales que hablan de sus obligaciones.
- Art. 147Si una autoridad te mete una multa o sanción administrativa, tienes derecho a inconformarte. Puedes pedir que revisen su decisión mediante un recurso de revisión, que es un trámite interno. Además, eso no te quita la posibilidad de ir también a juicio si lo prefieres. En resumen, tienes dos caminos para defenderte: el recurso ante la misma autoridad y, si quieres, también demandar en los tribunales.
- Art. 148Este artículo dice que, en el mundo del deporte, hay reglas y estatutos que deben cumplirse, y si alguien las rompe, ciertas personas u organismos son los encargados de aplicar castigos. Esos encargados son, por un lado, grupos como el Comité Olímpico Mexicano (COM) o las asociaciones deportivas nacionales, y por otro lado, los directivos, jueces y árbitros que están a cargo de las competencias. En pocas palabras, son ellos quienes deciden las sanciones cuando hay una falta.
- Art. 149Si un organismo deportivo te sanciona (como una multa o suspensión), tienes derecho a inconformarte. Primero puedes presentar un recurso de inconformidad ante la autoridad deportiva de mayor nivel dentro de la organización, como pedirle al jefe de tu federación que revise el castigo. Si no estás de acuerdo con lo que decidan, aún puedes presentar un recurso de apelación directamente ante la CAAD, que es la Comisión de Apelación y Arbitraje Deportivo. La estructura deportiva nacional es simplemente cómo están ordenados los equipos, ligas y autoridades del deporte en el país, de menor a mayor rango.
- Art. 150Los organismos deportivos que forman parte del SINADE (el sistema nacional del deporte en México) deben cumplir con tres cosas para poder castigar a alguien que no respete las reglas de la organización. Primero, en sus estatutos (sus reglas internas) tienen que incluir un listado de las faltas y los castigos posibles, explicar el procedimiento para aplicar esos castigos y, sobre todo, garantizar que la persona acusada tenga derecho a ser escuchada (derecho de audiencia). Segundo, deben definir si una falta es leve, grave o muy grave, para aplicar el castigo adecuado. Tercero, tienen que establecer cómo se pueden impugnar esas sanciones, es decir, cómo puedes inconformarte si no estás de acuerdo.
- Art. 151Este artículo dice que hay faltas muy graves en el deporte, como usar drogas prohibidas (dopaje), intentar usarlas o ayudar a alguien a hacerlo. También es grave negarse a hacerse una prueba antidopaje sin una razón válida, o hacer trampa en los controles. Además, está prohibido tratar mal o discriminar a un deportista por su origen, género, edad, preferencias sexuales, religión o cualquier otra cosa que lastime su dignidad. Otras faltas graves son usar dinero público para fines incorrectos, no respetar las reglas de las asociaciones deportivas, o no cumplir con lo que dicen otros artículos de esta ley.
- Art. 152Este artículo explica los castigos que pueden aplicarle a diferentes personas o grupos cuando no cumplan con la Ley de Cultura Física y Deporte. Por ejemplo, a los equipos, clubes deportivos o a los que organizan eventos, los pueden multar, retirarles apoyos económicos o prohibirles usar instalaciones oficiales. A los directivos, deportistas, entrenadores, árbitros o jueces, los pueden amonestar (llamarles la atención en privado o en público) o sacarlos del registro nacional del deporte (SINADE). A los aficionados o espectadores que se porten mal, los pueden expulsar del lugar, multar con hasta 90 días de salario mínimo o prohibirles la entrada a eventos por un tiempo, dependiendo de lo grave que sea su falta.
- Art. 153Si cometes una falta de las que vienen en este capítulo, te van a aplicar una multa o castigo siguiendo las reglas que marca el Reglamento de esta Ley. Eso significa que no te pueden sancionar a lo loco, sino que deben seguir un proceso ya establecido para que todo sea legal. Lo importante es que no te pueden castigar sin antes cumplir con los pasos que dice ese Reglamento.
- Art. 154El Artículo 154 dice que comete un delito quien, siendo espectador o alguien que no es juez, jugador o parte del equipo, esté dentro del estadio, sus alrededores o en el transporte para llegar al evento, y haga o incite a otros a hacer algo como: lanzar objetos que puedan lastimar a alguien (lo que se castiga con 6 meses a 2 años de cárcel y una multa de 5 a 30 días de tu salario), entrar sin permiso a la cancha y agredir a personas o dañar cosas (6 meses a 3 años de cárcel y multa de 10 a 40 días de tu sueldo), pelearse activamente (6 meses a 4 años de cárcel y multa de 10 a 60 días de tu ingreso), incitar a otros a pelear o causar violencia, causar daños a propiedades del recinto, o meter armas de fuego, explosivos o armas prohibidas. Las consecuencias son más fuertes para quienes inciten violencia, dañen cosas o metan armas: de 1 año y medio a 4 años y medio de cárcel, más una multa de 20 a 90 días de tu salario. Además, te suspenden el derecho de ir a eventos deportivos por el mismo tiempo que dure tu condena en prisión.
- Art. 155Este artículo crea un "padrón", que es como una lista oficial, donde se anota a todas las personas a las que un juez o autoridad les prohibió ir a eventos deportivos como castigo. Esa lista es confidencial, solo la pueden ver las autoridades encargadas de hacer cumplir la prohibición y no la pueden usar para otro motivo. La persona solo aparece en el padrón mientras dure su sanción, y una vez que termina, todos sus datos deben borrarse por completo.