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Artículo 77 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El COPAME (la comisión que resuelve pleitos en el deporte) y la CONADE (la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) van a trabajar juntos para armar los equipos que representen a México en competencias internacionales. Lo harán respetando lo que cada uno puede hacer según la ley, sin pisarse los derechos. Esto aplica para torneos fuera del país, de los que habla el artículo 75. En resumen, ambas instituciones colaboran para elegir a los atletas que irán a eventos deportivos en el extranjero.

Texto oficial

Artículo 77. El COPAME participará, en coordinación y respeto mutuo de sus respectivos derechos y jurisdicciones con la CONADE en la integración de las delegaciones deportivas que representen al país en las competencias que se celebren en el ámbito internacional al que se refiere el artículo 75. Título Tercero De la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.