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Artículo 22 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Director General puede hacer cosas que la Junta Directiva le encargue para manejar y representar legalmente a la CONADE, como si fuera su apoderado. En otras palabras, la Junta le da permiso para tomar decisiones y actuar en nombre de la institución.

Texto oficial

Artículo 22. El Director General tendrá además, las facultades que le delegue y confiera la Junta Directiva para administrar y representar legalmente a la CONADE como mandatario del mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.