Artículo 22 de la LEY General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Director General puede hacer cosas que la Junta Directiva le encargue para manejar y representar legalmente a la CONADE, como si fuera su apoderado. En otras palabras, la Junta le da permiso para tomar decisiones y actuar en nombre de la institución.
Texto oficial
Artículo 22. El Director General tendrá además, las facultades que le delegue y confiera la Junta Directiva para administrar y representar legalmente a la CONADE como mandatario del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.