Artículo 23 de la LEY General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El encargado de vigilar cómo funciona la CONADE será un Comisario Público, que es como un supervisor del gobierno. Este puesto lo va a ocupar una persona principal (propietario) y otra que la reemplaza cuando no está (suplente). Ambos son elegidos por la Secretaría de la Función Pública, siguiendo las reglas de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Texto oficial
Artículo 23. El órgano de vigilancia de la CONADE estará integrado por un Comisario Público propietario y un suplente, designados por la Secretaría de la Función Pública en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.