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Ley
LEY General de Cultura Física y Deporte
Artículo
132

Artículo 132 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Nacional Antidopaje va a formar un grupo especial, llamado Subcomité de Homologación, para que se encargue de ciertos asuntos. Para armarlo, va a invitar a instituciones públicas y privadas que tengan la capacidad o autoridad para ayudar en el tema. Básicamente, buscan juntar a los expertos adecuados para que todo funcione bien.

Texto oficial

Artículo 132. Para los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el Comité Nacional Antidopaje, nombrará un Subcomité de Homologación, involucrando para el efecto, a aquellas instituciones públicas o privadas que a través de sus respectivas competencias puedan formar parte de dicho Subcomité.

Ver texto oficial de la LEY General de Cultura Física y Deporte (pág. 42) ↗

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