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Artículo 67 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El COM es el Comité Olímpico Mexicano, una organización independiente del gobierno que tiene su propio dinero y puede hacer trámites legales por su cuenta. Está formado principalmente por asociaciones deportivas nacionales que ya están registradas en federaciones internacionales y aprobadas por el Comité Olímpico Internacional, siguiendo las reglas de la Carta Olímpica. Su trabajo es de beneficio para todos porque su objetivo principal es promover, proteger y cuidar el deporte y el movimiento olímpico en México, además de difundir los valores del olimpismo. También se encarga de representar al Comité Olímpico Internacional aquí en el país.

Texto oficial

Artículo 67. El COM es una asociación civil autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propios, compuesto entre otros, por las Asociaciones Deportivas Nacionales debidamente afiliadas a las federaciones deportivas internacionales, que cuenten con el reconocimiento del Comité Olímpico Internacional, de conformidad con el contenido de la Carta Olímpica, cuya actividad es de utilidad pública; en virtud de que su objeto consiste fundamentalmente en fomentar, proteger y velar por el desarrollo del deporte y el movimiento olímpico, así como la difusión de los ideales olímpicos en nuestro país y representar al Comité Olímpico Internacional en México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.