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Ley
LEY General de Cultura Física y Deporte
Artículo
94

Artículo 94 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La CONADE (Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte) es la que va a crear las reglas y lineamientos necesarios para todo lo que tenga que ver con instalaciones para hacer deporte, ejercitarse o divertirse. También aplica para espacios donde se hace rehabilitación física o activación física (como hacer ejercicio para mantenerse saludable). En una reforma del 2020, se eliminó un párrafo que antes tenía este artículo, pero ahora solo dice eso. En pocas palabras, la CONADE decide cómo deben ser esos lugares.

Texto oficial

Artículo 94. La CONADE formulará las normas y criterios requeridos en materia de instalaciones deportivo-recreativas, deportivas, del deporte en la rehabilitación y activación física deportiva. Reforma DOF 06-11-2020: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo

Ver texto oficial de la LEY General de Cultura Física y Deporte (pág. 36) ↗

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