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Artículo 14 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El SINADE, que es el Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte, va a funcionar y va a tener ciertos requisitos para formarse, y todo eso se va a regir por lo que dice esta Ley, su Reglamento y otras leyes que apliquen. En pocas palabras, no todo está aquí detallado: hay que checar también las reglas secundarias que lo desarrollen.

Texto oficial

Artículo 14. El funcionamiento y requisitos de integración del SINADE estarán regulados en términos de lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos aplicables. Capítulo I Del Sector Público Sección Primera De la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.