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Artículo 147 de la LEY General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una autoridad te mete una multa o sanción administrativa, tienes derecho a inconformarte. Puedes pedir que revisen su decisión mediante un recurso de revisión, que es un trámite interno. Además, eso no te quita la posibilidad de ir también a juicio si lo prefieres. En resumen, tienes dos caminos para defenderte: el recurso ante la misma autoridad y, si quieres, también demandar en los tribunales.

Texto oficial

Artículo 147. Contra la resolución de la autoridad que imponga sanciones administrativas, procederá el recurso de revisión independientemente de las vías judiciales que correspondan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.