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Ley
LEY General de Comunicación Social
Artículo
36

Artículo 36 de la LEY General de Comunicación Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Que los medios de comunicación se registren en el padrón no significa que el gobierno o las instituciones públicas estén obligados a contratarlos. O sea, solo porque un medio esté en la lista, no tiene garantizado que le compren anuncios o servicios. La contratación es opcional y depende de lo que cada entidad pública decida.

Texto oficial

Artículo 36.- El empadronamiento de los Medios de Comunicación en ningún caso, por ese solo hecho, implicará la obligación de contratación por parte de los Entes Públicos.

Ver texto oficial de la LEY General de Comunicación Social (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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