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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGCT/14
Ley
LEY General para el Control del Tabaco
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY General para el Control del Tabaco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vendes o haces productos de tabaco, necesitas una licencia sanitaria, que es un permiso del gobierno que demuestra que cumples con las reglas de salud. Esto aplica si fabricas, produces o importas cigarros, puros o cualquier cosa similar. Para obtenerla, debes cumplir con lo que dice esta Ley y otras normas oficiales. Sin ese permiso, no puedes operar legalmente tu negocio relacionado con el tabaco.

Texto oficial

Artículo 14. Todo establecimiento que produzca, fabrique o importe productos del tabaco requerirá licencia sanitaria de acuerdo con los requisitos que establezca esta Ley y demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial de la LEY General para el Control del Tabaco (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.