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Ley
LEY General para el Control del Tabaco
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY General para el Control del Tabaco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las cajetillas de cigarros y cualquier empaque o etiqueta no pueden tener mensajes falsos o que confundan sobre los riesgos para la salud o lo que desprende el producto. Tampoco pueden usar palabras, dibujos o marcas que hagan creer que un cigarro es menos dañino que otro. Por ejemplo, están prohibidas frases como "bajo contenido de alquitrán", "ligeros" o "suaves". La idea es que no te engañen haciéndote pensar que hay cigarros más seguros.

Texto oficial

Artículo 20. En los paquetes de productos del tabaco, y en todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, no se promocionarán mensajes relacionados con estos productos de manera falsa, equívoca o engañosa que pudiera inducir a error con respecto a sus características, efectos para la salud, riesgos o emisiones. No se emplearán términos, elementos descriptivos, marcas de fábrica o de comercios, signos figurativos o de otra clase que tengan el efecto de crear la falsa impresión de que un determinado producto del tabaco es menos nocivo que otro. De manera enunciativa más no limitativa quedan prohibidas expresiones tales como "bajo contenido de alquitrán", "ligeros", "ultra ligeros" o "suaves".

Ver texto oficial de la LEY General para el Control del Tabaco (pág. 8) ↗

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