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Artículo 99 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) y la Comisión trabajarán junto con la Secretaría de Agricultura para decidir cómo se usa el suelo, con el objetivo de que la producción en el campo sea estable y no dañe los bosques. Se busca que la agricultura y la ganadería crezcan de manera sustentable, sin que talar árboles sea la forma de ganar más terreno para sembrar o pastorear. Además, ninguna autoridad federal, estatal o municipal podrá dar apoyos económicos a proyectos que se hagan en terrenos forestales si la Secretaría no ha aprobado el cambio de uso de suelo. En pocas palabras, si quieren talar un bosque para poner un cultivo, no recibirán dinero del gobierno a menos que tengan el permiso correspondiente.

Texto oficial

Artículo 99. La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural la política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, desarrollando prácticas sustentables, evitando que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales. Las diversas instancias del gobierno federal, de las entidades federativas y de los municipios no otorgarán apoyos o incentivos económicos para actividades en terrenos forestales cuyo cambio de uso de suelo no haya sido autorizado por la Secretaría. Artículo reformado DOF 26-04-2021

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.