- Ley
- LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que nadie les quite la vida, a sobrevivir y a desarrollarse bien. Las autoridades de todo el país, incluyendo los gobiernos municipales y de la Ciudad de México, deben hacer todo lo necesario para que puedan crecer sanos y evitar cualquier cosa que ponga en riesgo su vida. Además, están obligadas a investigar y castigar con firmeza cualquier acto que intente acabar con su vida.
Texto oficial
Artículo 14. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les preserve la vida, a la supervivencia y al desarrollo. Las autoridades de la Federación, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar el desarrollo y prevenir cualquier conducta que atente contra su supervivencia, así como para investigar y sancionar efectivamente los actos de privación de la vida. Párrafo reformado DOF 23-06-2017
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.