Artículo 17 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las niñas, niños y adolescentes siempre deben ser atendidos primero antes que los adultos en cualquier servicio, como en hospitales o escuelas. También tienen derecho a recibir ayuda y protección rápido en cualquier situación de peligro o emergencia. Además, el gobierno debe tomarlos en cuenta al momento de crear leyes o programas que afecten su bienestar. En pocas palabras, la ley dice que los menores siempre son prioridad.
Texto oficial
Artículo 17. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a que: I. Se les brinde protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria; II. Se les atienda antes que a las personas adultas en todos los servicios, en igualdad de condiciones, y III. Se les considere para el diseño y ejecución de las políticas públicas necesarias para la protección de sus derechos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.