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Artículo 20 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres una niña, niño o adolescente extranjero y estás en México, puedes demostrar quién eres con documentos que te dé el gobierno de tu país o con otros papeles que acepte la Ley de Migración. Si cumples con lo necesario para hacerte mexicano, te van a dar todas las facilidades y te van a atender con prioridad para que puedas obtener la nacionalidad.

Texto oficial

Artículo 20. Niñas, niños y adolescentes de nacionalidad extranjera que se encuentren en territorio nacional, tienen derecho a comprobar su identidad con los documentos emitidos por la autoridad competente u otros medios previstos en la Ley de Migración y demás disposiciones aplicables. En los casos en que niñas, niños o adolescentes cumplan con los requisitos para obtener la nacionalidad mexicana, se les brindarán todas las facilidades a efecto de darles un trato prioritario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.