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Ley
LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo
34

Artículo 34 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tanto el gobierno de México como los gobiernos de los estados tienen la obligación de hacer que se cumplan todas las reglas de este capítulo de la ley. Eso significa que deben crear leyes para que nadie se salte lo que aquí se dice. Básicamente, es un compromiso para que estos derechos y obligaciones no queden solo en el papel, sino que realmente se apliquen.

Texto oficial

Artículo 34. Las leyes federales y de las entidades federativas garantizarán el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el presente Capítulo.

Ver texto oficial de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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