Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1 de la LEY General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley aplica en todo el país y nadie puede estar por encima de ella, porque busca proteger la salud de todos los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que tengan o se crea que tienen cáncer. Su objetivo es que los hospitales y centros de salud del gobierno les den atención completa y sin excepciones. En pocas palabras, es una regla que obliga a que se cuide bien y de manera pareja a todos los menores con cáncer, sin importar dónde vivan.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional, tiene por objeto establecer, dentro de las dependencias de la Administración Pública del Sistema Nacional de Salud, las medidas necesarias para la atención integral y universal de las niñas, niños y adolescentes menores de 18 años con sospecha o diagnóstico de cáncer.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.