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Ley
LEY General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia
Artículo
22

Artículo 22 de la LEY General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a trabajar con escuelas de medicina y enfermería, tanto del gobierno como privadas, para que en sus carreras enseñen a detectar los síntomas y factores de riesgo del cáncer más común en niños y adolescentes. Esto significa que los futuros doctores y enfermeras aprenderán a identificar señales de alerta temprana. La idea es que desde su formación tengan conocimientos especializados para sospechar a tiempo esta enfermedad.

Texto oficial

Artículo 22.- La Secretaría impulsará con las instituciones educativas, públicas y privadas, que impartan la licenciatura de medicina y enfermería, la inclusión en sus planes de estudios, la capacitación especializada sobre la sintomatología principal, sintomatología de sospecha y/o factores de riesgo, de los tipos más prevalentes de cáncer en la infancia y la adolescencia.

Ver texto oficial de la LEY General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia (pág. 8) ↗

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