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Ley
LEY General de Desarrollo Social
Artículo
49

Artículo 49 de la LEY General de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Nacional la encabeza el secretario o secretaria de Bienestar (la persona que está al frente de esa dependencia). También la integran los titulares de varias secretarías del gobierno federal, como Educación, Salud, Trabajo, Agricultura, Mujeres y Medio Ambiente. Además, puede invitar a otras autoridades federales cuando se necesite para temas específicos. Por cada estado del país, se suma la persona encargada del desarrollo social de ese gobierno, y también pueden invitar a otros funcionarios estatales según el tema. Finalmente, forman parte un representante de las asociaciones nacionales de presidentes municipales y los presidentes de las comisiones de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados y del Senado.

Texto oficial

Artículo 49. La Comisión Nacional será presidida por la persona titular de la Secretaría y además estará integrada por: I. Las personas titulares de las secretarías de Educación Pública; de Salud; del Trabajo y Previsión Social; de Agricultura y Desarrollo Rural; de las Mujeres; así como de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Además de las personas titulares de los organismos sectorizados de la Secretaría podrán invitarse a participar en reuniones específicas a las personas titulares de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; Fracción reformada DOF 15-01-2026 II. La persona titular de la dependencia responsable del desarrollo social en cada gobierno de las entidades federativas. Podrá invitarse a participar en reuniones específicas, a las personas titulares de otras dependencias de dichos gobiernos; III. Una persona representante de cada una de las asociaciones nacionales de autoridades municipales, legalmente reconocidas, y IV. Las personas que presidan las comisiones de Desarrollo Social de las Cámaras de Diputados y de Senadores. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial de la LEY General de Desarrollo Social (pág. 13) ↗

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