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Artículo 49 de la LEY General de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Comisión Nacional la encabeza el secretario o secretaria de Bienestar (la persona que está al frente de esa dependencia). También la integran los titulares de varias secretarías del gobierno federal, como Educación, Salud, Trabajo, Agricultura, Mujeres y Medio Ambiente. Además, puede invitar a otras autoridades federales cuando se necesite para temas específicos. Por cada estado del país, se suma la persona encargada del desarrollo social de ese gobierno, y también pueden invitar a otros funcionarios estatales según el tema. Finalmente, forman parte un representante de las asociaciones nacionales de presidentes municipales y los presidentes de las comisiones de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados y del Senado.

Texto oficial

Artículo 49. La Comisión Nacional será presidida por la persona titular de la Secretaría y además estará integrada por: I. Las personas titulares de las secretarías de Educación Pública; de Salud; del Trabajo y Previsión Social; de Agricultura y Desarrollo Rural; de las Mujeres; así como de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Además de las personas titulares de los organismos sectorizados de la Secretaría podrán invitarse a participar en reuniones específicas a las personas titulares de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; Fracción reformada DOF 15-01-2026 II. La persona titular de la dependencia responsable del desarrollo social en cada gobierno de las entidades federativas. Podrá invitarse a participar en reuniones específicas, a las personas titulares de otras dependencias de dichos gobiernos; III. Una persona representante de cada una de las asociaciones nacionales de autoridades municipales, legalmente reconocidas, y IV. Las personas que presidan las comisiones de Desarrollo Social de las Cámaras de Diputados y de Senadores. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.