Artículo 51 de la LEY General de Desarrollo Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Intersecretarial es un grupo de trabajo creado para que todas las dependencias del gobierno federal se coordinen al diseñar y aplicar la Política Nacional de Desarrollo Social. La integran los jefes de varias secretarías, como las de Bienestar (que la preside), Gobernación, Hacienda, Educación, Salud, entre otras, además del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Pueden invitar a otras dependencias a participar, pero solo para opinar, sin derecho a voto. La secretaría que se encarga de organizar las juntas será elegida por el titular de la Secretaría de Bienestar, y el grupo debe reunirse al menos cada dos meses.
Texto oficial
Artículo 51. La Comisión Intersecretarial será el instrumento de coordinación de las acciones del Ejecutivo Federal para garantizar la integralidad en el diseño y ejecución de la Política Nacional de Desarrollo Social. Estará integrada por las personas titulares de las secretarías de Bienestar, quien la presidirá; de Gobernación; de Hacienda y Crédito Público; de Educación Pública; de Salud; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Energía; de Economía; de Agricultura y Desarrollo Rural; de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Anticorrupción y Buen Gobierno; del Trabajo y Previsión Social; de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y de Turismo, así como del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Podrá invitarse a participar, con derecho a voz, a las personas titulares de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. La subsecretaría que designe la persona titular de la Secretaría será la Secretaría Técnica. La Comisión Intersecretarial sesionará cuando menos una vez por bimestre. Artículo reformado DOF 25-06-2018, 01-04-2024, 16-07-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.