Artículo 55 de la LEY General de Desarrollo Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo es un grupo de personas que aconseja a la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del desarrollo social). En este grupo participan ciudadanos comunes y distintos sectores de la sociedad, no solo funcionarios. Su trabajo es revisar y sugerir programas y acciones que ayuden a cumplir la Política Nacional de Desarrollo Social, es decir, las reglas y planes del gobierno para mejorar la vida de la gente. En pocas palabras, es un equipo que da ideas para que las políticas públicas beneficien a todos.
Texto oficial
Artículo 55. El Consejo es el órgano consultivo de la Secretaría, de participación ciudadana y conformación plural, que tendrá por objeto analizar y proponer programas y acciones que inciden en el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo Social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.