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Artículo 63 de la LEY General de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Gobierno Federal tiene que mandar invitaciones abiertas a todos, por medio de anuncios públicos, para que las organizaciones puedan participar. En esos anuncios debe explicar bien qué necesitan, para qué es y de qué manera puedes participar. Así cualquiera que cumpla con lo que piden puede meterse al proceso.

Texto oficial

Artículo 63. El Gobierno Federal deberá invitar a las organizaciones, mediante convocatorias públicas que deberán contener los requisitos, objetivos y modalidades de participación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.