Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGE/20
Ley
LEY General de Educación
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los maestros deben guiar a los alumnos durante todo su aprendizaje, desde la primaria hasta niveles más avanzados. Su trabajo es ayudar a que los estudiantes aprendan de temas como culturas, tecnología, ciencias, humanidades, biología y varios idiomas. La idea es que lo que aprendan les sirva para entender el mundo real y poder mejorarlo. En pocas palabras, los maestros no solo te enseñan materias, sino que te preparan para cambiar las cosas positivamente.

Texto oficial

Artículo 20. Las maestras y los maestros acompañarán a los educandos en sus trayectorias formativas en los distintos tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, propiciando la construcción de aprendizajes interculturales, tecnológicos, científicos, humanísticos, sociales, biológicos, comunitarios y plurilingües, para acercarlos a la realidad, a efecto de interpretarla y participar en su transformación positiva.

Ver texto oficial de la LEY General de Educación (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 20 de la LEY General de Educación, explicado | Precedente Legal