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Ley
LEY General de Educación
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar al kinder (preescolar) necesitas tener mínimo tres años cumplidos antes del 31 de diciembre del año en que empiezan las clases. Para la primaria, la edad mínima es de seis años, también cumplidos antes de esa misma fecha. Esto quiere decir que si tu hijo cumple años después del 31 de diciembre, tendrá que esperar al siguiente ciclo escolar.

Texto oficial

Artículo 42. La edad mínima para ingresar a la educación básica en el nivel preescolar es de tres años, y para nivel primaria seis años, cumplidos al 31 de diciembre del año de inicio del ciclo escolar.

Ver texto oficial de la LEY General de Educación (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.