Artículo 46 de la LEY General de Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de educación, como la SEP y las secretarías estatales, deben crear poco a poco reglas para que más jóvenes puedan entrar y mantenerse en la universidad o preparatoria técnica. Para lograrlo, pueden dar apoyos económicos (como becas) y buscar que menos estudiantes abandonen la escuela. También tienen que armar un curso especial y un examen para que quienes ya terminaron el bachillerato, pero no han ido a la universidad, puedan sacar un certificado oficial que los ayude a conseguir trabajo. La idea es que los egresados tengan herramientas útiles para entrar al mundo laboral.
Texto oficial
Artículo 46. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán, de manera progresiva, políticas para garantizar la inclusión, permanencia y continuidad en este tipo educativo, poniendo énfasis en los jóvenes, a través de medidas tendientes a fomentar oportunidades de acceso para las personas que así lo decidan, puedan ingresar a este tipo educativo, así como disminuir la deserción y abandono escolar, como puede ser el establecimiento de apoyos económicos. De igual forma, implementarán un programa de capacitación y evaluación para la certificación que otorga la instancia competente, para egresados de bachillerato, profesional técnico bachiller o sus equivalentes, que no hayan ingresado a educación superior, con la finalidad de proporcionar herramientas que les permitan integrarse al ámbito laboral. Capítulo IV Del tipo de educación superior
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.