Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 34 de la LEY General de Economía Circular

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Ciencia tiene la obligación de incluir el concepto de Economía Circular en todo lo que haga. Esto significa que, al crear nueva tecnología o mejorar la producción del país, deben pensar en cómo reusar materiales, reducir desperdicios y no contaminar. Tienen que hacerlo siguiendo sus propias reglas y las leyes que ya existen. En pocas palabras, la ciencia y la tecnología deben enfocarse en cuidar el ambiente y no solo en crear cosas nuevas.

Texto oficial

Artículo 34.- La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación debe integrar en el ámbito de sus atribuciones, la perspectiva de Economía Circular en la innovación, el desarrollo tecnológico y el fortalecimiento de la planta productiva nacional, conforme a sus atribuciones y los ordenamientos aplicables. Título Quinto De las obligaciones y las responsabilidades ambientales Capítulo Primero De la auditoría ambiental voluntaria en materia de economía circular

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.