Artículo 34 de la LEY General de Economía Circular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Ciencia tiene la obligación de incluir el concepto de Economía Circular en todo lo que haga. Esto significa que, al crear nueva tecnología o mejorar la producción del país, deben pensar en cómo reusar materiales, reducir desperdicios y no contaminar. Tienen que hacerlo siguiendo sus propias reglas y las leyes que ya existen. En pocas palabras, la ciencia y la tecnología deben enfocarse en cuidar el ambiente y no solo en crear cosas nuevas.
Texto oficial
Artículo 34.- La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación debe integrar en el ámbito de sus atribuciones, la perspectiva de Economía Circular en la innovación, el desarrollo tecnológico y el fortalecimiento de la planta productiva nacional, conforme a sus atribuciones y los ordenamientos aplicables. Título Quinto De las obligaciones y las responsabilidades ambientales Capítulo Primero De la auditoría ambiental voluntaria en materia de economía circular
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.