LEY General de Economía Circular
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica en todo México y nadie puede rechazarla, porque es obligatoria para todos y busca beneficiar a la sociedad. Su objetivo principal es cuidar el medio ambiente usando políticas de Economía Circular, que significa hacer que los productos duren más y reducir la basura. También busca aprovechar al máximo los residuos, ya sea reciclándolos o dándoles otro uso. Además, establece cómo deben trabajar juntos el gobierno federal, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México para lograrlo. Esta ley se basa en lo que dice la Constitución sobre el derecho a un ambiente sano y el desarrollo sostenible.
- Art. 2Esta ley busca que en México se aprovechen mejor los materiales y se genere menos basura, para que los productos duren más y se puedan reusar o reciclar. Se van a crear reglas para que las empresas, el gobierno y los ciudadanos se hagan responsables de manejar los residuos, sobre todo las empresas que fabrican productos. También se van a dar incentivos económicos y certificados especiales a quienes hagan las cosas bien, y se promoverá la educación y la tecnología para que sea más fácil reciclar y reducir el desperdicio de comida.
- Art. 3Este artículo define varios términos clave de la ley en un solo lugar. Por ejemplo, "Actividad Económica" se refiere a cualquier acción de producir algo que haga una persona o empresa. "Economía Circular" es un modelo donde se busca no generar basura y mantener los materiales en uso, en lugar de tirarlos. "Consumo Responsable" significa que, como consumidor, compres, uses y tires los productos sabiendo el daño que causan al ambiente y a la sociedad. Y "Huella Ambiental" es el daño que se mide al ambiente por todo lo que hacemos para fabricar y usar cosas.
- Art. 4La Federación (el gobierno federal de México) es la encargada de crear y dirigir el plan nacional sobre Economía Circular, que básicamente busca que los productos y recursos se reutilicen lo más posible, en vez de tirarlos después de usarlos. Todas las dependencias del gobierno federal, como secretarías y oficinas, deben seguir estas reglas al hacer su trabajo de cuidar el medio ambiente. Lo que se busca es que los negocios y las fábricas alarguen la vida de los productos, que la gente se acostumbre a separar la basura y a consumir de forma responsable, y que se aprovechen al máximo los residuos para darles un nuevo uso. También se quiere evitar que los productos se vuelvan obsoletos a propósito solo para que compres uno nuevo, y se debe fomentar el uso de materiales reciclados en todo el proceso, desde la fabricación hasta la venta.
- Art. 5El artículo 5 crea un grupo de trabajo que se llama **Sistema Nacional de Economía Circular**. Este grupo sirve para que los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) se pongan de acuerdo y trabajen juntos para lograr los objetivos de la Economía Circular que marca esta ley. El jefe de este grupo es la **Secretaría de Medio Ambiente**, y también lo forman otras dependencias importantes como la Secretaría de Economía, Hacienda, Energía y Educación Pública, entre otras. A las juntas del sistema asisten los titulares de estas dependencias, pero pueden mandar a un suplente que tenga un puesto de director general o superior. Todos los que participan en el sistema lo hacen de manera honorífica, es decir, no reciben ningún sueldo extra ni compensación por estar en estas juntas. Los municipios y alcaldías de la Ciudad de México también pueden ir a las reuniones si el jefe del sistema o los demás miembros lo aceptan. Además, el sistema puede invitar a empresas, organizaciones sociales o cualquier persona del sector público y privado a sus reuniones cuando se necesite. Para que todo funcione bien, el sistema debe crear sus propias reglas de operación, donde se explique cómo se hacen las juntas y cómo se invita a los participantes.
- Art. 6La Federación, a través de una Secretaría (dependencia del gobierno federal), tiene varias tareas para que la Economía Circular funcione en todo el país. Entre ellas están: crear y dirigir el plan nacional sobre este tema, hacer obligatorio el Programa Nacional de Economía Circular, y publicar las normas técnicas oficiales que todos deben seguir. También debe coordinar con otras dependencias y con la sociedad para aplicar modelos de reciclaje y reúso, firmar acuerdos con estados y municipios, y manejar una plataforma nacional de información. Además, puede impulsar investigaciones para desarrollar nuevas tecnologías, proponer beneficios económicos para quienes participen, y establecer reglas para que las empresas responsables cumplan con sus obligaciones de manera gradual o mediante alternativas autorizadas.
- Art. 7Este artículo dice que todas las oficinas del gobierno federal que tengan que ver con el tema de esta ley deben seguir sus reglas, incluyendo las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones generales. Además, esas mismas dependencias deben crear programas internos de Economía Circular poco a poco, y la Secretaría será la encargada de dar las instrucciones para hacerlo.
- Art. 8Los estados de la República tienen la obligación de aplicar sus propias políticas de Economía Circular, pero siempre siguiendo lo que diga el plan nacional, la ley y el reglamento. También deben apoyar la investigación y creación de nuevas tecnologías que ayuden a aprovechar mejor los recursos y reducir desperdicios. Para lograrlo, pueden invitar a empresas, escuelas, centros de investigación y la sociedad a participar en proyectos conjuntos. Además, tienen que promover la educación y capacitación para que todos aprendamos a consumir de manera más responsable. Finalmente, deben reportar a la federación cómo van avanzando y pueden hacer acuerdos con otros gobiernos o sectores para cumplir con estos objetivos.
- Art. 9Este artículo dice que cada gobierno municipal o alcaldía tiene la obligación de aplicar las reglas para manejar la basura y los residuos, pero siempre siguiendo la idea de la Economía Circular, que es básicamente darle más vida a las cosas y no solo tirarlas. También deben crear sus propios programas para promover este modelo, siempre siguiendo el plan nacional. Además, tienen que trabajar junto con los estados para organizar ferias, exposiciones o eventos que impulsen la economía local y el reciclaje. Los municipios tienen que enseñarle a la gente sobre estos temas y darles capacitación para que todos sepan cómo aprovechar mejor los recursos. Por último, se menciona que en el caso de la Ciudad de México, es su gobierno el que se encarga de todas estas funciones, como si fuera un estado y un municipio al mismo tiempo.
- Art. 10La Secretaría (dependencia encargada del medio ambiente) va a sacar acuerdos para aplicar de a poco las obligaciones de esta ley, dependiendo del tipo de industria o producto. Antes de hacer esos acuerdos, el sector al que le afectan (por ejemplo, fabricantes o importadores) tiene derecho a ser invitado a participar en su creación. Además, la Secretaría de Economía debe dar su opinión antes de que se publiquen, y si hay tratados internacionales de por medio, también hay que avisarles o consultarles. Las empresas que producen o importan están obligadas a cumplir esos acuerdos, pero también pueden firmar convenios voluntarios con la Secretaría o pedir auditorías ambientales. Por último, las autoridades pueden dar beneficios fiscales si aplica la ley correspondiente.
- Art. 11La Gestión Circular significa que, desde que se crea un producto hasta que se desecha, se deben tomar en cuenta los efectos que tiene en el medio ambiente, en su uso práctico, en el dinero que cuesta y en cómo afecta a la sociedad. O sea, no solo importa que algo funcione o sea barato, sino también que no dañe la naturaleza y que sea justo para todos. Esto aplica a los materiales, los productos y los residuos (la basura o lo que ya no sirve). En pocas palabras, busca que todo lo que usamos se aproveche al máximo y genere el menor daño posible.
- Art. 12El artículo 12 dice que cuando el gobierno publique en el periódico oficial un acuerdo sobre la Responsabilidad Extendida del Productor (REP, que es la obligación de hacerse cargo de los residuos de un producto), todos los fabricantes e importadores de ese producto, o el grupo que los represente, están obligados a crear un plan para manejar sus residuos (Gestión Circular) y registrarlo en el plazo que marque el acuerdo. Además, ese acuerdo debe indicar las acciones específicas para que cada fabricante o importador pueda aplicar formas directas o indirectas de reciclar o reusar sus productos, siempre que sea posible para el medio ambiente, la tecnología y la economía. También tiene que fijar metas que cada empresa debe cumplir, junto con métodos para medir si las están logrando, ya sea según lo que diga su registro o un convenio que firmen.
- Art. 13La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) es la encargada de revisar y dar el visto bueno para que un proceso de Gestión Circular quede registrado oficialmente. Durante la revisión, la Secretaría te puede pedir más información o hacer observaciones sobre tu solicitud. Al final, puede decidir tres cosas: aprobar el registro con ciertas condiciones (como cumplir con metas poco a poco), autorizarlo sin más, o negarlo. Te negarán el registro si no cumples con la ley, si tu producto no reduce su impacto ambiental, si das información falsa, o si el diseño del producto no puede reciclarse o reusarse sin una razón válida.
- Art. 14Si presentas un trámite de Gestión Circular en la Plataforma Nacional y la Secretaría no te responde en un plazo de 60 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos), automáticamente se considera aprobado, como si estuviera inscrito. En ese caso, no necesitas que te avisen o notifiquen, porque el silencio de la autoridad cuenta como un “sí”. Solo aplica desde el día en que subiste el documento a la plataforma.
- Art. 15Para registrar tu proyecto de negocio circular (que busca reusar o reciclar materiales), debes presentar un documento que analice todo el impacto ambiental de tu producto desde que se fabrica hasta que se desecha. Si hacer ese análisis completo es muy caro o complicado, puedes presentar una versión más sencilla según lo que digan las reglas generales del programa. También tienes que incluir cómo piensas recuperar tus productos al final de su vida útil (por ejemplo, recolectándolos o reciclándolos), junto con las metas que te fijes. Si firmaste un acuerdo con el gobierno para esto, debes anexarlo, además de cualquier otro papel que pidan las reglas del programa. Todo tu plan debe basarse en las leyes ambientales vigentes.
- Art. 16Este artículo dice que cuando una empresa se inscribe en el programa de Gestión Circular (un sistema para manejar residuos y productos de forma responsable), tiene que cumplir ciertas metas y obligaciones que van avanzando poco a poco. Para revisar que todo se esté haciendo bien, la empresa debe presentar reportes que están explicados en los acuerdos y convenios de ese programa. Si las autoridades revisan y ven que algo no está correcto, pueden ratificar la inscripción (dejarla igual), modificarla (cambiar las condiciones) o cancelarla (quitarla del registro).
- Art. 17El artículo 17 dice que las herramientas que el gobierno usa para fomentar la economía circular (reducir, reusar y reciclar) son: el plan nacional y los planes locales de cada estado o municipio, apuntar tus actividades en un registro oficial, las revisiones para ver si se cumple la ley, las auditorías ambientales que haces por tu cuenta, un sello de calidad oficial, estímulos económicos como créditos o impuestos, y cualquier otra regla que se cree sobre el tema.
- Art. 18El Programa Nacional es como un plan maestro que junta y coordina distintas acciones del gobierno, proyectos y actividades para cuidar el medio ambiente. Todo lo que incluya debe seguir las reglas de la Economía Circular (que es básicamente reusar, reciclar y no desperdiciar). La idea es que los procesos de producción, los productos y los materiales que se usen dejen una huella ambiental más chica, contaminen menos y ahorren recursos naturales. Además, este plan debe estar conectado con el Plan Nacional de Desarrollo y otros programas del gobierno, siguiendo las reglas de la Ley de Planeación.
- Art. 19La Secretaría va a hacer un plan nacional, pero no sola: le ayudan las otras secretarías que tengan que ver con el tema. También van a invitar a empresarios, trabajadores y gente de los sectores que producen cosas, como fábricas o comercios. Así que el plan lo arman entre todos, no nomás los del gobierno.
- Art. 20El Programa Nacional debe planear cómo lograr que los materiales y productos se reutilicen al máximo, en lugar de tirarlos. Para eso, tiene que incluir objetivos, metas y formas de medir si funciona, asegurándose de que sea viable para el ambiente, la economía y la tecnología. También debe coordinar a todos los niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) para que trabajen juntos en esta transición. Busca que empresas, escuelas y ciudadanos participen activamente, por ejemplo, enseñando estos temas en las aulas y creando mercados para materiales reciclados. Finalmente, debe vigilar que los fabricantes se hagan responsables de sus productos cuando se convierten en residuos, y fomentar tecnologías limpias para reducir el daño al medio ambiente.
- Art. 21El artículo 21 dice que el Programa Nacional debe incluir varias acciones para que las cosas se usen de forma más responsable y sin desperdiciar. Por ejemplo, se tiene que promover que las empresas fabriquen productos que sean fáciles de reusar o reciclar, y que usen menos materiales nuevos y sustancias tóxicas. También se debe fomentar que la gente consuma de manera consciente, reparando sus productos en lugar de tirarlos, y que se separen bien los residuos para que puedan aprovecharse de nuevo. Además, se busca que haya opciones como rentar o compartir cosas en vez de comprarlas, y que se reduzca al mínimo la basura que se genera.
- Art. 22El artículo 22 dice que, para cumplir con el plan nacional de economía circular, el gobierno federal tiene que hacer varias acciones obligatorias. Entre ellas están: reducir la contaminación que calienta el planeta, crear empleos que cuiden el medio ambiente, usar tecnología más limpia, fomentar que compres solo lo que necesitas, enseñar a la gente sobre el reciclaje y apoyar a las personas que se dedican a juntar y separar basura (como las pepenadoras). También incluye revisar que se cumplan las reglas y agregar más medidas si es necesario. Todo esto debe hacerse pensando en ayudar primero a la gente más vulnerable.
- Art. 23La Secretaría (dependencia del gobierno) va a dar permiso para usar un sello o logo llamado Distintivo Nacional de Economía Circular, que sirve para marcar productos que siguen las reglas de la Economía Circular (reutilizar, reciclar, reducir). Este sello le dice al consumidor información real, que se puede comprobar y entender fácilmente, sobre si el producto cumple con lo que dice la ley. Los detalles exactos para pedir y usar ese sello están en el Reglamento de esta ley. Además, para que te autoricen usarlo, tienes que pasar por una auditoría ambiental voluntaria (una revisión que tú pides) y cumplir con acuerdos sobre cómo manejar los residuos.
- Art. 24El Distintivo Nacional de Economía Circular es un sello que dura tres años, pero lo puedes renovar si cumples con lo que dice esta ley y el reglamento. Pasado ese tiempo, debes tramitar la renovación para seguir usándolo.
- Art. 25Si un producto tiene un sello oficial que dice que es de "economía circular" (es decir, que está hecho para reusarse, reciclarse o no generar tanta basura), el gobierno le dará preferencia para comprarlo. Esto significa que, cuando el gobierno necesite comprar cosas, como muebles o equipos, va a escoger primero los productos que tengan ese distintivo. La ley no dice que solo pueda comprar esos, pero sí que sean los primeros que tome en cuenta. Esto aplica para todas las compras que hagan las dependencias del gobierno, como oficinas o escuelas públicas.
- Art. 26El gobierno federal es el encargado de crear herramientas o programas económicos para promover la Economía Circular, como apoyos o incentivos, siguiendo lo que dice el plan nacional y el reglamento de esta ley. Si esos programas incluyen beneficios fiscales, como bajar impuestos, tienen que cumplir con las reglas de Hacienda. Esto significa que cualquier estímulo que tenga que ver con impuestos debe respetar las leyes fiscales ya existentes. En pocas palabras, el gobierno puede dar apoyos, pero siempre dentro de lo que marcan las normas de impuestos.
- Art. 27Cada estado de la República va a crear apoyos económicos (como créditos, estímulos o descuentos) para que las empresas y personas adopten la Economía Circular, que es un sistema donde se reusan y reciclan materiales en vez de tirarlos. Además, los gobiernos estatales pueden sugerirle al gobierno federal otras medidas económicas que ayuden a lograr lo mismo, incluso si esas medidas implican trabajar de forma conjunta entre distintos niveles de gobierno. En pocas palabras, los estados tienen la tarea de poner dinero o beneficios para que todos reciclemos más, y también pueden proponer ideas al gobierno federal.
- Art. 28La Secretaría, que es la que preside el Sistema, tiene la tarea de echar a andar, organizar y hacer funcionar la Plataforma Nacional. Esta plataforma servirá para guardar y compartir información sobre Economía Circular, que es básicamente darle más vida a los productos y reducir los desechos. Para hacerlo, trabajará junto con otras dependencias del gobierno federal, cada una ayudando en lo que le toca según su área.
- Art. 29Este artículo habla sobre cómo debe funcionar la Plataforma Nacional. Las personas o instituciones que están obligadas a usarla deben agregar y mantener actualizada la información, además de hacer todo lo posible para que la mayor cantidad de gente conozca los datos del sistema. El INEGI ayudará a poner en marcha y coordinar esta plataforma, especialmente para registrar y compartir información sobre Economía Circular, siguiendo las reglas de su propia ley. Las oficinas del gobierno federal tienen la obligación de dar la información que les pidan las autoridades encargadas de la plataforma, según lo que diga la ley o los acuerdos que se hayan firmado.
- Art. 30El artículo 30 dice que la Plataforma Nacional (un sitio web o sistema del gobierno) debe tener siete cosas obligatorias. Primero, debe incluir el plan nacional sobre Economía Circular (un sistema donde se reutilizan recursos en vez de tirarlos). También debe dar información básica para enseñar a la gente qué es la Economía Circular, y ejemplos de negocios que ya la aplican, como rentar productos en vez de venderlos. Además, tiene que tener un directorio de empresas que ganaron el sello oficial de Economía Circular, y mostrar el historial (trazabilidad) de ciertos productos para saber de dónde vienen y cómo se reciclan. Por último, puede incluir cualquier otra información necesaria para mejorar la plataforma.
- Art. 31El gobierno federal, el de tu estado, el de tu municipio y el de las alcaldías de la Ciudad de México tienen la obligación de invitar a todos los sectores de la sociedad —como empresas, escuelas y ciudadanos— a crear materiales para fomentar la responsabilidad compartida y el cambio hacia una Economía Circular, que es un sistema donde se reutilizan y reciclan los recursos en lugar de tirarlos. También pueden lanzar campañas en medios como la tele, el radio o redes sociales para que la gente tome conciencia del medio ambiente, adopte hábitos de consumo responsable —comprar solo lo necesario y elegir productos ecológicos— y conozca el Reciclaje Inclusivo, que integra a personas en situación vulnerable en la recolección y reciclaje de basura.
- Art. 32Varias secretarías del gobierno federal, como las de economía, educación, salud y ciencia, tienen que trabajar juntas para cumplir con lo que dice esta ley. La Secretaría de Educación Pública debe asegurarse de que en las preparatorias y universidades haya programas para formar expertos en medio ambiente. Estos programas deben enfocarse en temas como la sustentabilidad, el cuidado ambiental y la economía circular. También pueden incluir otras áreas de la ciencia que ayuden a lograr los objetivos de esta ley.
- Art. 33La Secretaría (de Medio Ambiente) y la SEP van a hacer equipo para que escuelas de prepa, universidad y centros de investigación creen carreras y cursos sobre Economía Circular. También van a apoyar la investigación para inventar tecnologías que ayuden a pasar a este modelo. Además, la SEP y los gobiernos de los estados, cada quien en lo que le toca, van a meter poco a poco el tema de Economía Circular en las clases de escuelas públicas, desde la primaria hasta la universidad.
- Art. 34La Secretaría de Ciencia tiene la obligación de incluir el concepto de Economía Circular en todo lo que haga. Esto significa que, al crear nueva tecnología o mejorar la producción del país, deben pensar en cómo reusar materiales, reducir desperdicios y no contaminar. Tienen que hacerlo siguiendo sus propias reglas y las leyes que ya existen. En pocas palabras, la ciencia y la tecnología deben enfocarse en cuidar el ambiente y no solo en crear cosas nuevas.
- Art. 35La Secretaría va a pedirle a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente que organice auditorías ambientales voluntarias, es decir, chequeos que las empresas pueden pedir por su cuenta para ver si están cumpliendo con las reglas de economía circular. Una auditoría de economía circular es como una revisión a fondo y voluntaria que sirve para prevenir problemas o corregirlos, y con ella se checa si se están siguiendo los principios y objetivos de la ley. El chiste de esta revisión es encontrar maneras de mejorar los procesos, usar mejor los recursos y reducir los daños al medio ambiente, además de ayudar a las empresas a ser más competitivas y a adoptar buenas prácticas. Para que todo funcione, el Reglamento va a definir los pasos, los requisitos y cómo capacitar a los auditores, así como las medidas preventivas o correctivas que se tengan que aplicar.
- Art. 36Este artículo dice que las empresas y fábricas tienen la obligación de hacer productos que puedan reusarse o reciclarse, siempre y cuando sea posible para el medio ambiente, la tecnología y el dinero. También deben seguir las reglas de la Economía Circular, que busca no desperdiciar recursos, y hacerse responsables de lo que pasa con sus productos cuando la gente ya no los usa. Esto se llama Responsabilidad Extendida del Productor, y significa que la empresa debe encargarse de recoger o reciclar sus productos al final de su vida útil. Para cumplir, tienen que basarse en acuerdos generales o convenios que se establezcan.
- Art. 37Este artículo dice que las empresas que fabrican o importan productos tienen la obligación de crear, promover y, si se necesita, pagar por sistemas de Economía Circular para esos productos. La Economía Circular significa aprovechar los residuos para convertirlos en nuevos materiales o materias primas, en lugar de tirarlos. Esto lo tienen que hacer siguiendo las reglas de la ley, los acuerdos de Responsabilidad Extendida del Productor (REP, o sea, que los fabricantes se hacen responsables de sus productos hasta que terminan su vida útil) y lo que dice otra ley llamada LGPGIR (Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos). Además, lo que deben hacer los fabricantes no quita las obligaciones de los consumidores, el gobierno y otras personas involucradas en el manejo de los residuos.
- Art. 38El Grupo o Asociación que junte a varias empresas (llamado Organismo Coordinador) tiene que buscar maneras de que los productos duren más, se puedan reusar o reciclar, y así generar menos basura. También es coculpable, junto con las empresas que representa, de hacer un plan llamado Gestión Circular que las fábricas o importadores deben registrar en un sistema nacional, y por eso le aplican las mismas reglas de hacerse responsable de todo el ciclo de vida del producto. Las reglas exactas para registrar ese plan, cómo vigilar que se cumpla y cómo debe coordinarse con todos los involucrados se van a explicar en un reglamento especial, para que quede claro qué puede hacer y cómo trabajar con autoridades y empresas.
- Art. 39La persona que fabrica, trae productos del extranjero o el Organismo Coordinador (que es como un grupo encargado de organizar el proceso) está obligada a registrar su plan de manejo de residuos en el Sistema Nacional de Gestión Circular. Este plan debe incluir todas las etapas por las que pasa un producto, desde que se diseña hasta que se desecha, siguiendo las reglas del artículo 15 de esta ley. En otras palabras, tienen que anotar en una plataforma oficial cómo van a hacer que los productos se reutilicen o reciclen. Es como dar de alta un plan detallado para que todo lo que se fabrica no termine en la basura.
- Art. 40El artículo 40 dice que hay dos maneras de cumplir con las obligaciones de reciclaje o cuidado del medio ambiente. La primera es cuando tú, como fabricante o importador, haces las acciones de reciclaje directamente, sin que nadie más intervenga. La segunda es cuando pides ayuda a otras empresas o personas para que te apoyen en esas tareas, ya sea a través de un acuerdo de cadena sustentable o pagando una compensación ambiental.
- Art. 41Este artículo habla de que, cuando un productor, importador o el organismo encargado no pueda cumplir con sus obligaciones de hacerse cargo de los residuos de sus productos (como reciclarlos), puede usar otras medidas para compensar el daño ambiental. Estas medidas, como reforestar o restaurar áreas naturales, deben ser aprobadas por la Secretaría y ayudar a reducir el impacto que causaron sus productos. Si una empresa ya está haciendo acciones ambientales por otro motivo, la autoridad puede tomarlas en cuenta para no duplicar esfuerzos, siempre que cumplan con las reglas de Economía Circular. Todo esto debe estar registrado en un plan llamado Gestión Circular, y los detalles se definen en el Reglamento de la ley.
- Art. 42Este artículo explica cómo cualquier persona puede ayudar en la Economía Circular, que es un sistema para aprovechar al máximo las cosas y generar menos basura. Primero, debes consumir de manera responsable, eligiendo productos que duren mucho y que se hayan fabricado ahorrando agua y luz, evitando los desechables. También, alarga la vida de tus cosas reparándolas o reutilizándolas, y si te ofrecen servicios como rentar en vez de comprar, mejor. Además, reduce la basura y desperdicios, separa tus residuos en casa según las reglas de tu colonia, y saca provecho de los materiales reciclándolos o haciendo composta.
- Art. 43La ley prohíbe que empresas o personas mientan sobre lo ecológicos que son sus productos. Tampoco pueden inventar que usan procesos de reciclaje o economía circular cuando no es cierto. No puedes hacer nada para que un producto dure menos o se deseche rápido a propósito. Y usar el sello oficial de "Economía Circular" sin permiso del gobierno está prohibido, igual que poner un sello parecido que engañe a los clientes.
- Art. 44El artículo 44 dice que si fabricas, importas o coordinas productos o materiales que la ley considera especiales, tienes que entregar a la Secretaría de Medio Ambiente los reportes o papeles que te pidan, según lo que acordaste en tu plan de manejo circular que registraste. Debes hacerlo dentro del tiempo que marquen las reglas oficiales. Si no cumples, te van a multar o castigar con las sanciones que ya están en la Ley General del Equilibrio Ecológico.
- Art. 45Si alguien comete una falta contra esta ley o su reglamento, la Secretaría le aplicará una multa o sanción siguiendo las reglas de los artículos 171 y 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico. Además, si esa falta causó daño al medio ambiente, la persona también tendrá que responder por el daño. Y si lo que hizo es tan grave que se considera un delito, también le pueden caer penas de cárcel. En pocas palabras, no solo te multan, sino que puedes tener problemas legales más serios si afectaste la naturaleza.
- Art. 46La Secretaría puede decidir si quiere o no ponerse de acuerdo contigo para resolver una multa o problema sin necesidad de juicios. Estos acuerdos se llaman mecanismos alternativos, como llegar a un arreglo o hacer algo para solucionar la falta. La palabra "potestativa" significa que la Secretaría no está obligada a ofrecerte esta opción, sino que depende de su criterio. En pocas palabras, si cometiste una infracción, tal vez puedas negociar, pero la última palabra la tiene la autoridad.
- Art. 47La Secretaría (es decir, la dependencia del gobierno encargada) puede sacar reglas generales para aplicar el programa de responsabilidad extendida del productor. Estas reglas deben publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que todos las conozcan. Según el artículo, pueden establecer metas distintas para cada empresa, dependiendo de su tamaño, dinero, finanzas y tecnología. Esto ayuda especialmente a las micro, pequeñas y medianas empresas (conocidas como MiPyMEs), porque no se les exige lo mismo que a las grandes compañías. También pueden usar distintos métodos para fomentar la circularidad, como firmar convenios o aplicar otras medidas que ya marca la ley.
- Art. 48La dependencia del gobierno (la Secretaría) tiene que crear planes y plazos para que poco a poco se cumplan las reglas de los artículos 13, 15, 23 y 47 de esta ley. Para lograr ese avance gradual, puede firmar acuerdos con los fabricantes, importadores o con el Organismo Coordinador. Antes de firmar esos acuerdos, debe analizar cómo afecta la gradualidad en el cumplimiento y también tomar en cuenta las propuestas de los fabricantes, sobre todo de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), importadores o el propio Organismo Coordinador. Como estos acuerdos benefician a todos, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación para que cualquier persona pueda consultarlos.
- Art. 49Esta ley de economía circular empieza a aplicarse al día siguiente de que se publique en el Diario Oficial de la Federación. El gobierno federal tiene hasta 180 días después de eso para publicar los reglamentos necesarios. Los estados de la República tienen 180 días para ajustar sus propias leyes a esta nueva ley; si no lo hacen, igual tendrán que aplicarla. Los rellenos sanitarios autorizados tienen un plazo de cinco años, que se puede ampliar en casos especiales, para transformarse y reducir la basura que entierran. Todo lo que cueste aplicar esta ley saldrá del presupuesto de la Secretaría de Medio Ambiente.