- Ley
- LEY General de Economía Circular
- Artículo
- 24
Artículo 24 de la LEY General de Economía Circular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Distintivo Nacional de Economía Circular es un sello que dura tres años, pero lo puedes renovar si cumples con lo que dice esta ley y el reglamento. Pasado ese tiempo, debes tramitar la renovación para seguir usándolo.
Texto oficial
Artículo 24.- El Distintivo Nacional de Economía Circular tiene una vigencia de tres años, con posibilidad de renovarse, en cumplimiento con los fines de esta Ley y conforme a las disposiciones del Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.