- Ley
- LEY General de Economía Circular
- Artículo
- 28
Artículo 28 de la LEY General de Economía Circular
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, que es la que preside el Sistema, tiene la tarea de echar a andar, organizar y hacer funcionar la Plataforma Nacional. Esta plataforma servirá para guardar y compartir información sobre Economía Circular, que es básicamente darle más vida a los productos y reducir los desechos. Para hacerlo, trabajará junto con otras dependencias del gobierno federal, cada una ayudando en lo que le toca según su área.
Texto oficial
Artículo 28.- A la Secretaría, en la calidad de presidencia del Sistema, le corresponde implementar, coordinar y operar la Plataforma Nacional, para el registro y difusión de información en la materia de Economía Circular, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.