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Ley
LEY General de Economía Circular
Artículo
28

Artículo 28 de la LEY General de Economía Circular

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, que es la que preside el Sistema, tiene la tarea de echar a andar, organizar y hacer funcionar la Plataforma Nacional. Esta plataforma servirá para guardar y compartir información sobre Economía Circular, que es básicamente darle más vida a los productos y reducir los desechos. Para hacerlo, trabajará junto con otras dependencias del gobierno federal, cada una ayudando en lo que le toca según su área.

Texto oficial

Artículo 28.- A la Secretaría, en la calidad de presidencia del Sistema, le corresponde implementar, coordinar y operar la Plataforma Nacional, para el registro y difusión de información en la materia de Economía Circular, con la participación de las dependencias de la Administración Pública Federal en el ámbito de sus respectivas competencias.

Ver texto oficial de la LEY General de Economía Circular (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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