Artículo 138 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a buscar hacer acuerdos con los gobiernos de los estados y municipios para ayudarles en dos cosas: primero, en poner en marcha o mejorar los sistemas para recolectar, tratar y deshacerse de la basura de las ciudades (los residuos sólidos municipales). Segundo, en encontrar maneras de reutilizar esa basura o darle un destino final adecuado, además de hacer un inventario de cuánta basura hay y de dónde viene.
Texto oficial
ARTÍCULO 138.- La Secretaría promoverá la celebración de acuerdos de coordinación y asesoría con los gobiernos estatales y municipales para: I. La implantación y mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos municipales; y II. La identificación de alternativas de reutilización y disposición final de residuos sólidos municipales, incluyendo la elaboración de inventarios de los mismos y sus fuentes generadoras.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.