Artículo 166 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad (como un inspector de trabajo o de otra dependencia) puede pedir ayuda a la policía o, si se necesita, a la Guardia Nacional, para poder hacer una revisión o inspección. Esto pasa cuando alguna persona se niega a que la revisión se lleve a cabo o la estorba. Usar la fuerza pública solo es para poder entrar y hacer su trabajo, pero además quien se oponga puede recibir una multa o castigo por desobedecer. En pocas palabras, si no dejas que te inspeccionen, pueden llegar con la policía o la Guardia Nacional para hacerla por la fuerza.
Texto oficial
ARTÍCULO 166.- La autoridad competente podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública o, en su caso, la intervención de la Guardia Nacional, para efectuar la visita de inspección, cuando alguna o algunas personas obstaculicen o se opongan a la práctica de la diligencia, independientemente de las sanciones a que haya lugar. Artículo reformado DOF 17-12-2025
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.