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Artículo 18 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno Federal tiene la obligación de invitar a ciudadanos, comunidades y organizaciones a dar sus ideas y opiniones cuando se hagan planes para cuidar el medio ambiente, como proteger los bosques, ríos o el aire. Esto significa que no solo los políticos deciden, sino que también se toma en cuenta lo que piensa la gente en la calle o los grupos interesados. Para que esto funcione, se deben seguir las reglas que ya están escritas en esta Ley Ambiental y en otras leyes que apliquen. En pocas palabras, el gobierno no puede hacer programas ecológicos a escondidas, sino que debe abrir la puerta a que todos participen.

Texto oficial

ARTÍCULO 18.- El Gobierno Federal promoverá la participación de los distintos grupos sociales en la elaboración de los programas que tengan por objeto la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, según lo establecido en esta Ley y las demás aplicables. SECCIÓN II Ordenamiento Ecológico del Territorio Denominación de la Sección reformada DOF 13-12-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

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