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Artículo 51 de la LEY General de Educación Superior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 51 dice que la educación universitaria y de nivel superior en todo México se va a planificar en equipo. Las autoridades de la federación, los estados y los municipios trabajarán juntos, y también participarán los directivos, maestros y estudiantes de las universidades. Todo esto se hará siguiendo lo que marca esta ley, para que haya coordinación y nadie trabaje por su cuenta.

Texto oficial

Artículo 51. El desarrollo de la educación superior en el territorio nacional se realizará mediante la coordinación y programación estratégica, participativa, interinstitucional y colaborativa entre las autoridades educativas federal, de las entidades federativas y de los municipios, con la participación activa de las autoridades y comunidades académicas de las instituciones de educación superior, en los términos y conforme a las instancias y disposiciones que se establecen en esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.