LEY General de Educación Superior
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es la que detalla cómo se aplica la parte de la Constitución que habla sobre la educación universitaria o superior, y aplica en todo México. Las autoridades de la federación, los estados, los municipios y las propias universidades son las encargadas de hacerla cumplir, cada una en lo que le toca. Su objetivo principal es garantizar tu derecho a estudiar una carrera, ayudar al desarrollo del país con profesionistas preparados y comprometidos, y organizar quién se encarga de qué entre los diferentes niveles de gobierno. También busca coordinar la mejora continua de las escuelas, definir cómo se financian las universidades públicas y regular la participación tanto del gobierno como de las escuelas privadas y la sociedad.
- Art. 2Las universidades que tienen autonomía por ley pueden tomar sus propias decisiones sobre cómo enseñar, investigar y administrar su dinero, sin que el gobierno o los políticos se metan. Eso significa que ellas mismas eligen sus planes de estudio, contratan a sus maestros y deciden cómo usar sus recursos. Los diputados o senadores no pueden hacer leyes que les quiten a estas universidades el derecho de gobernarse solas. Si quieren cambiar algo, primero deben preguntar a los estudiantes, maestros y directivos de la universidad, y esperar su respuesta oficial. En cuanto al trabajo de los empleados (tanto maestros como personal administrativo), aplican las leyes laborales normales, pero con reglas especiales para respetar la libertad de enseñanza e investigación de la universidad.
- Art. 3La educación superior es un derecho que ayuda a que las personas estén mejor y se desarrollen por completo. El Estado tiene la obligación de hacerla posible, tal como lo dice la Constitución, los tratados internacionales que México haya firmado y esta misma ley. Este tipo de educación es la que se estudia después de la prepa o bachillerato, e incluye carreras como técnico superior, licenciatura, especialidad, maestría y doctorado. También abarca la universidad, la educación tecnológica, la normal para maestros y la formación de docentes. En pocas palabras, el gobierno debe garantizar que puedas seguir estudiando después del nivel medio superior.
- Art. 4El Estado mexicano debe hacer lo necesario para que todas las personas que terminen la prepa o su equivalente puedan entrar a la universidad, siempre y cuando cumplan los requisitos que pida cada escuela. También, para que quienes quieran estudiar en universidades públicas puedan seguir ahí, el gobierno dará ayudas académicas a los estudiantes, tratando a todos de forma justa y sin excluir a nadie.
- Art. 5Este artículo dice que todo lo que se haga en educación superior debe seguir el plan nacional de educación para que más personas tengan acceso a estudiar, pero con buena calidad y sin desigualdades. La Secretaría de Educación va a pedirle a los gobiernos de los estados, los municipios y las escuelas que colaboren para lograrlo. Para eso, deben respetar que cada tipo de escuela (pública, privada, técnica, etc.) tiene su propia forma de funcionar, y también deben reconocer que los estados y municipios tienen autoridad para decidir en sus temas educativos. Además, se tiene que cuidar la autonomía de las universidades, es decir, que ellas puedan tomar sus propias decisiones sin que el gobierno les imponga todo.
- Art. 6Este artículo define palabras clave que se usan en la Ley de Educación Superior. Por ejemplo, "ajustes razonables" son cambios o adaptaciones que se hacen para que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que los demás, siempre y cuando no sean una carga muy pesada o injusta para quien los hace. También aclara que "gratuidad" no significa que de inmediato todo sea gratis, sino que el gobierno irá quitando poco a poco los cobros de inscripción y cuotas en universidades públicas. Además, explica que "obligatoriedad" se refiere a las acciones del gobierno para que la educación sea un derecho que sí o sí se tenga que cumplir.
- Art. 7La educación superior debe ayudarte a crecer como persona completa, no solo a memorizar datos. Busca que aprendas a pensar por tu cuenta, cuestionando todo con libertad y usando el diálogo, la ciencia y la cultura para entender el mundo y combatir la ignorancia, los prejuicios y los fanatismos. También te prepara para resolver problemas con habilidades profesionales, combinando arte, ciencia y tecnología para transformar la sociedad. Además, te forma para ser un ciudadano responsable, honesto y participativo, que respeta los derechos de todos, cuida el medio ambiente y usa la tecnología de manera inteligente.
- Art. 8La educación superior en México debe seguir estas ideas clave: primero, siempre debe priorizar los derechos e intereses de los estudiantes. También tiene que reconocer tu derecho a estudiar y a beneficiarte de los avances en ciencia y tecnología. Debe tratar a todas las personas con dignidad y respeto absoluto, buscando la igualdad real entre todos para construir una sociedad más justa y que incluya a todos, especialmente a los grupos más vulnerables. Además, debe garantizar que tengas las mismas oportunidades de acceso sin discriminación, valorar la diversidad y respetar las distintas lenguas y culturas de los pueblos indígenas y afromexicanos.
- Art. 9El artículo 9 dice cuáles son los objetivos de la educación superior en México. Su meta principal es que los estudiantes aprendan de manera completa y que se cumpla su derecho a estudiar, como lo marca la Constitución. También busca formar profesionistas responsables, con valores éticos, pensamiento crítico y creativo, que ayuden al desarrollo del país. Quiere que los estudiantes se actualicen toda la vida, aprendan habilidades digitales para cerrar la brecha tecnológica, y usen el conocimiento para resolver problemas sociales, ambientales y económicos. Además, fomenta la inclusión, la preservación de las culturas, la investigación, el arte, el deporte y la preparación para el mundo laboral.
- Art. 10Cuando hagan políticas de educación superior, el gobierno debe seguir estos lineamientos: que la educación mejore constantemente para ser de primera calidad, que más personas puedan estudiarla, incluyendo a quienes tienen menos oportunidades, y que nadie quede fuera por su condición social. También hay que conectar las escuelas con los trabajos y con la sociedad, fomentar la honestidad y que los alumnos no hagan trampa, y apoyar a los estudiantes con talentos especiales. Además, es clave planificar a largo plazo, evitar que los alumnos abandonen la escuela, evaluar cómo va todo y buscar que las universidades mexicanas colaboren entre sí y con el extranjero.
- Art. 11Este artículo explica los diferentes niveles de estudios superiores que existen en México, como si fuera una escalera educativa que empieza después de la prepa. Primero está la **Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado**, que te prepara con habilidades prácticas para entrar rápido al trabajo, y al terminarlo recibes un título; este nivel puede contar como parte de una licenciatura. Luego viene la **Licenciatura**, que te da una formación más completa en una profesión y al acabarla te dan un título profesional. Después están los **posgrados**, que son estudios que haces después de la licenciatura: la **Especialidad** sirve para profundizar en un área específica de tu carrera, la **Maestría** te forma para investigar, enseñar o ejercer con más capacidad, y el **Doctorado** te prepara para crear conocimiento nuevo en ciencia, arte o tecnología. Al final de cada posgrado, recibes un diploma o grado según el nivel.
- Art. 12Este artículo explica las diferentes formas en que puedes estudiar en la universidad o en otro tipo de educación superior en México. - **Escolarizada**: Es la escuela tradicional, donde vas a clases presenciales en un horario fijo, con maestros y compañeros al mismo tiempo y en el mismo lugar. - **No escolarizada**: Es estudiar a distancia, por internet o con materiales didácticos, donde tú organizas tu tiempo, pero la escuela te da un horario y fechas límite para entregar tus trabajos. - **Mixta**: Es una combinación de las dos anteriores, donde unas materias las tomas en el salón de clases y otras en línea. - **Dual**: Es cuando combinas lo que aprendes en la escuela con prácticas en un trabajo real, para que puedas aplicar la teoría y desarrollar habilidades en un empleo. - Además, las autoridades educativas y las universidades pueden crear otras modalidades según lo que establezcan sus propias reglas. Las universidades autónomas (como la UNAM) pueden decidir cómo aplicar estas modalidades según su propia normatividad y lo que dice la Constitución.
- Art. 13Este artículo dice que la educación superior (como la universidad o el tecnológico) se puede cursar de distintas formas. Las opciones principales son: ir a clases presenciales, estudiar en línea o virtual, tomar cursos abiertos o a distancia, o acreditar materias solo con un examen. También aclara que estas opciones no son las únicas, porque las escuelas y autoridades educativas pueden agregar otras maneras de estudiar si lo consideran necesario.
- Art. 14Las escuelas y universidades pueden darte un título, diploma o certificado cuando termines tus estudios superiores y cumplas con todo lo que pide tu plan de estudios. Cada universidad decide los requisitos y formas para que sus alumnos obtengan ese título. Si estudias en una escuela privada que tiene permiso del gobierno, ese título necesita un sello o autenticación de la autoridad que le dio el permiso, y pueden hacerlo por internet o con sistemas electrónicos. Todos esos documentos son válidos en cualquier parte de México.
- Art. 15Para obtener tu título de licenciatura, es obligatorio hacer el servicio social, y las escuelas deben seguir las reglas de la ley. La Secretaría de Educación va a pedirle a las universidades que, como parte del servicio social, puedas dar tutorías a estudiantes de primaria, secundaria y preparatoria en materias como matemáticas, lenguaje y comunicación. También podrías apoyar en servicios de psicología, trabajo social u orientación educativa para ayudar a que los alumnos aprendan mejor y haya más igualdad en la educación. Las autoridades educativas, junto con las universidades, van a fomentar que tu servicio social cuente como experiencia profesional para cuando busques trabajo.
- Art. 16El artículo 16 dice que, si estudias una carrera o un posgrado y quieres que te reconozcan materias que ya cursaste en otra escuela, se va a revisar si las materias son parecidas, si los planes de estudio se parecen, si los créditos que tienes son suficientes, o cualquier otro tipo de aprendizaje o nivel que ya hayas completado. Básicamente, te validan las materias si lo que ya estudiaste es similar a lo que necesitas en tu nuevo plan. Esto aplica tanto para cambiarte de escuela como para revalidar estudios del extranjero o de otro nivel educativo. Es como decir: "si ya viste algo muy parecido, no tienes que repetirlo".
- Art. 17La Secretaría de Educación va a crear reglas claras para toda la República sobre cómo revalidar tus estudios o reconocer que tus estudios equivalen a otros. Las escuelas y universidades que pueden hacer estos trámites deben hacerlos más rápidos, sencillos y accesibles, sin complicarte la vida. También tienen que usar medios electrónicos para verificar que tus documentos sean auténticos, como títulos o certificados. Esto es para que cualquier persona pueda entrar o quedarse en la educación superior, incluso si eres mexicano que regresa del extranjero, fuiste deportado o migraste dentro del país. Las universidades públicas autónomas pueden manejar sus propias reglas para revalidaciones y movilidad estudiantil.
- Art. 18Las escuelas y universidades deben registrar en el sistema oficial de la Secretaría de Educación todos los certificados, títulos o diplomas que entreguen a sus alumnos. Estos documentos, como tu título profesional o tu constancia de estudios, solo serán válidos en todo México si están registrados en ese sistema. El registro se hace siguiendo las reglas que ponga la Secretaría.
- Art. 19La Secretaría de Educación, en acuerdo con el Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior, va a crear un marco nacional de cualificaciones y un sistema nacional para que puedas asignar, acumular y transferir créditos académicos. Esto es para que, como estudiante, te sea más fácil moverte entre escuelas del Sistema Educativo Nacional, por ejemplo, si quieres cambiar de carrera o programa, o continuar tus estudios entre universidades, tecnológicos o escuelas normales. Las universidades públicas que tienen autonomía legal y constitucional pueden seguir sus propias reglas en estos temas, y lo que decidan sus autoridades escolares es lo que aplica para revalidar materias o permitir tu movilidad.
- Art. 20El artículo 20 dice que la educación superior (como las universidades y tecnológicos) es parte del sistema educativo nacional, y debe cumplir con lo que marca la Constitución en su artículo 3°, como los principios de calidad, equidad y gratuidad. También explica que el Sistema Nacional de Educación Superior incluye a todas las personas, escuelas y procesos que dan este servicio, ya sea el gobierno (federal o estatal) o escuelas privadas con permiso oficial. Todos juntos trabajan para que la educación superior cumpla sus objetivos.
- Art. 21La Secretaría de Educación, junto con las autoridades de cada estado y las universidades, va a hacer que la preparatoria, la secundaria y la universidad estén más conectadas entre sí. Esto significa que van a crear planes en equipo para que tengas una formación completa y puedas seguir estudiando sin problemas, hasta terminar la universidad a tiempo. Además, todas estas autoridades y escuelas deben seguir lo que el Sistema Educativo Nacional indique, pero también tienen que tomar en cuenta las diferentes lenguas, costumbres, regiones y necesidades de cada comunidad, incluyendo a las mujeres, la gente del campo y los que se mudan de un lugar a otro.
- Art. 22El artículo 22 dice que el Sistema Nacional de Educación Superior es como un equipo donde todos deben trabajar con responsabilidad social, es decir, pensando en el bien de la sociedad. Este sistema está formado por estudiantes, maestros, personal administrativo, autoridades educativas (de la federación, estados y municipios), y las universidades públicas y privadas que tengan reconocimiento oficial. También incluye a los programas de estudio, las leyes y recursos económicos que apoyan la educación superior, y organismos como el Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior. En pocas palabras, todo lo relacionado con la educación superior en México forma parte de este sistema.
- Art. 23Este artículo habla de cómo se van a organizar los sistemas de educación superior de cada estado de la república. Básicamente, cada estado tendrá su propio sistema, siguiendo las reglas de esta ley y las leyes locales. El objetivo es que estos sistemas ayuden a mejorar la calidad de las universidades, que haya más escuelas y programas en todo el territorio para atender las necesidades de la gente, y que trabajen en coordinación con el gobierno federal. También buscan que la planeación y el uso del dinero público sean más efectivos, que los programas educativos sean evaluados y reconocidos oficialmente, y que las universidades estén más conectadas con las comunidades y las empresas locales.
- Art. 24La educación superior y la ciencia, tecnología e innovación deben trabajar juntas, como un solo equipo, y no por separado. Las leyes y políticas van a definir cómo se coordinan para compartir programas, proyectos y dinero. Para lograrlo, las escuelas y autoridades deben: 1) promover el gusto por la ciencia, tecnología y humanidades; 2) mejorar cómo se enseña a investigar e innovar; 3) formar más investigadores; 4) crear instalaciones para desarrollar ciencia; 5) apoyar proyectos de investigación; 6) hacer investigación que ayude al desarrollo de la región donde está la escuela, y 7) que la información científica sea accesible para todos, según lo que diga la ley.
- Art. 25Las autoridades educativas tienen la obligación de gestionar ante las instituciones correspondientes, siguiendo las reglas establecidas, para que las universidades puedan obtener dinero del gobierno destinado a mejorar y expandir la investigación en ciencias, humanidades, tecnología e innovación en todo México. Ese dinero se usará para apoyar tanto la investigación básica (la que busca conocimiento sin un fin práctico inmediato) como la aplicada (la que resuelve problemas concretos). También servirá para crear prototipos científicos y tecnológicos, diseñar proyectos que mejoren la educación, difundir la ciencia, fomentar la innovación tecnológica y todas las acciones que ayuden al desarrollo del país.
- Art. 26El artículo 26 dice que las autoridades de educación deben apoyar la creación de maestrías y doctorados (posgrados) que se centren en investigación científica, humanística y tecnológica. También, para que más personas estudien esos posgrados y se conviertan en especialistas, las autoridades y las universidades darán becas, siempre y cuando haya presupuesto disponible. En pocas palabras, el gobierno y las escuelas buscarán que haya más oportunidades de estudiar investigando, y becas para que los estudiantes puedan hacerlo.
- Art. 27Las universidades públicas pueden hacer investigaciones y crear nuevos inventos junto con otras escuelas, centros de investigación, empresas privadas y organizaciones sociales, siempre siguiendo sus propias reglas. También pueden crear bibliotecas digitales, llamadas repositorios, para guardar trabajos por temas como ciencia, tecnología o humanidades, según lo que diga la ley. Para que toda la sociedad se beneficie de estos avances, las autoridades educativas y las universidades deben promover y compartir este conocimiento de manera constante, enfocándose primero en los estudiantes de todos los niveles escolares.
- Art. 28El artículo dice que el sistema de educación superior en México está formado por tres grupos principales: las universidades, los institutos tecnológicos y las escuelas normales (donde se forman maestros). La idea es que juntos ofrezcan carreras y estudios que cubran las necesidades de todo el país, desde lo nacional hasta lo local, y también formen profesionistas e investigadores que ayuden al desarrollo del país sin dañar el medio ambiente. Todo lo que se haga para lograr esto debe ayudar a mejorar la educación en México y seguir lo que marca la Constitución. Además, todas estas acciones deben enfocarse en que los estudiantes crezcan como personas, tal como lo dice la ley.
- Art. 29El artículo 29 explica que la educación universitaria busca que te formes como persona completa, desarrollando todas tus habilidades, generando y compartiendo conocimiento, promoviendo la cultura y ayudando a que los egresados encuentren trabajo en la sociedad y en la producción. Las universidades e instituciones de educación superior se dividen en tipos según quién las crea o las maneja: pueden ser federales, estatales, municipales, comunitarias (creadas con ayuda de comunidades organizadas) o privadas (hechas por particulares).
- Art. 30Este artículo dice que la educación superior tecnológica busca formar personas completas, enfocándose en enseñar, aplicar y conectar las ciencias, ingenierías y tecnología con los sectores que producen bienes y servicios, además de promover la investigación. El sistema tecnológico incluye diferentes escuelas según cómo están organizadas legalmente. Por ejemplo, hay instituciones federales (como las autónomas por ley, las descentralizadas o las que dependen directamente del gobierno), estatales (como las universidades tecnológicas, politécnicas o institutos descentralizados), y también escuelas privadas que tengan validez oficial de estudios. En pocas palabras, clasifica a todas las escuelas de educación superior tecnológica según si son del gobierno federal, de los estados o particulares.
- Art. 31El Artículo 31 explica para qué sirve la educación que reciben los maestros en México. Su objetivo principal es formar profesionales completos para enseñar en primaria, secundaria y preparatoria, con carreras como licenciaturas, especialidades, maestrías o doctorados. También busca que estos maestros ayuden a mejorar la educación básica y media superior, haciendo que sea más justa, incluyente y de excelencia. Además, deben hacer investigación, dar cursos y trabajar con otras instituciones en México o del extranjero para seguir aprendiendo y mejorando su forma de enseñar. Este sistema incluye escuelas normales (públicas y privadas), universidades pedagógicas, normales rurales y centros donde los maestros se actualizan.
- Art. 32El artículo 32 dice que la Secretaría de Educación es la que manda en la formación de maestros y maestras. Ella hace las reglas junto con los gobiernos de cada estado, tomando en cuenta las necesidades de cada región. Esto es para que los maestros puedan enseñar a niños y jóvenes de manera más completa, con ganas de enseñar y usando métodos que sirvan para la vida real. También se busca que fortalezcan valores como la identidad mexicana, la igualdad, la inclusión y el respeto a las diferentes culturas, sin olvidar lo que pasa en cada lugar y situación.
- Art. 33El gobierno federal es el encargado de apoyar a las escuelas donde se preparan los maestros, como las normales y universidades pedagógicas. Esto significa que debe mejorar las condiciones de los que enseñan a los futuros docentes, actualizar los planes de estudio, impulsar la investigación y usar métodos de enseñanza más modernos. Para lograrlo, la Secretaría de Educación tiene que hacer varias cosas: conseguir más presupuesto para estas escuelas, fomentar que los maestros y directivos participen en la planeación, crear proyectos para combinar la teoría con la práctica, apoyar el trabajo en equipo de los académicos y ofrecer cursos de actualización y posgrados para los profesores. Todo esto debe hacerse tomando en cuenta las necesidades de cada región y con la ayuda de los gobiernos locales y las propias comunidades escolares.
- Art. 34La Secretaría de Educación va a crear un Consejo Nacional de Autoridades de Educación Normal, donde participarán representantes de la Secretaría y los encargados de educación normal de cada estado. Este consejo servirá para ponerse de acuerdo en políticas y acciones que ayuden a mejorar las escuelas normales y de formación de maestros. La Secretaría será la que decida las reglas para que funcione. Además, el Consejo podrá organizar un congreso donde se invite a las escuelas normales públicas a opinar sobre temas académicos. Esto será para apoyar los objetivos del plan nacional para mejorar las escuelas normales. Ese congreso solo se hará siguiendo las normas que ponga la Secretaría.
- Art. 35La Secretaría de Educación (la dependencia del gobierno que se encarga de las escuelas) es la que define cómo deben planearse y actualizarse los planes de estudio de las escuelas normales (donde se preparan los maestros). Todo lo que decida debe seguir lo que dice la Estrategia Nacional de Mejora de las Escuelas Normales, que es el plan general para mejorar esas escuelas. Para hacerlo, tienen que tomar en cuenta lo que opinen los estudiantes y maestros de las normales, otras escuelas que forman docentes, y los maestros que ya están trabajando.
- Art. 36Este artículo dice que todas las autoridades de educación (tanto del gobierno federal, como de los estados y municipios) deben trabajar juntas y coordinarse para que en todo México se pueda ofrecer educación superior, siguiendo las reglas de esta ley. Todo lo que hagan debe respetar los derechos humanos y la igualdad entre personas, sin dejar fuera a nadie. También tienen que considerar las necesidades de los jóvenes, de hombres y mujeres por igual, y de las distintas culturas, poniendo atención especial a comunidades indígenas, personas afromexicanas, con discapacidad o en situación difícil. Además, deben apoyar a estudiantes con talentos excepcionales y a personas adultas que quieran cursar estudios superiores.
- Art. 37El artículo 37 dice que las autoridades de educación y las universidades deben trabajar juntas para hacer varias cosas. Primero, crear programas que den las mismas oportunidades a todos y reduzcan las diferencias en la calidad y disponibilidad de estudios entre regiones del país, poniendo atención a lo que necesita cada lugar. También deben asegurarse de que nadie sea discriminado por dinero, origen, idioma, género o discapacidad, ayudando a que todos entren, se queden y terminen la universidad sin diferencias entre hombres y mujeres. Además, tienen que apoyar a personas con discapacidad con equipos especiales, a las mujeres para que concluyan sus estudios, a quienes viven lejos o tienen problemas de salud para que puedan moverse o quedarse cerca de la escuela, y mejorar los edificios, tecnología y áreas verdes y deportivas. Por último, deben fomentar la enseñanza de lenguas indígenas y extranjeras, y dar acceso fácil a libros, videos y materiales digitales para toda la comunidad universitaria.
- Art. 38El gobierno va a crear un registro nacional en internet donde podrás consultar todas las opciones que hay para estudiar después de la prepa, qué lugares tienen espacios disponibles y qué necesitas para entrar. La información será pública y la difundirán en páginas de internet, redes sociales y otros medios para que puedas revisarla. Las escuelas de tu estado tendrán que dar los datos necesarios para que aparezcan en ese registro, y además te darán asesoría para que puedas encontrar un lugar donde estudiar. También te pueden dar orientación vocacional si estás en la prepa y no sabes qué carrera elegir. Al final, tú puedes escoger la escuela y la carrera que más te gusten, siempre y cuando cumplas con los requisitos que pida cada institución.
- Art. 39El artículo 39 dice que, al crear nuevas universidades, abrir más planteles o diseñar carreras, se debe tomar como base los planes oficiales de educación y lo que la sociedad realmente necesita. También hay que garantizar que sea algo útil, de buena calidad, justo, incluyente, que respete las distintas culturas y el medio ambiente. Esto aplica tanto para lo local de tu estado como para lo nacional y mundial. En pocas palabras, busca que la educación superior responda a lo que el país y la gente requieren.
- Art. 40Las escuelas y universidades, junto con las autoridades de educación, deben crear poco a poco y sin interrupción programas para que los maestros sigan estudiando y mejorando su trabajo. Esto es para que los profesores usen mejores formas de enseñar y aprendan más sobre cómo construir conocimiento. La meta es que los estudiantes aprovechen más sus clases y tengan un mejor rendimiento escolar.
- Art. 41Las escuelas y universidades, junto con las autoridades de educación, tienen que crear programas para ayudarte a titularte si ya cumpliste con todas las materias y trámites que te pide tu institución. Es decir, si ya pasaste todo lo necesario para sacar tu título, pero por algún motivo no lo has hecho, ellas deben apoyarte con programas especiales. Esto aplica para cualquier persona que esté estudiando en esos lugares y tenga los requisitos académicos y administrativos cubiertos. La ley les exige que pongan de su parte para que puedas obtener tu título sin broncas.
- Art. 42Las escuelas y universidades, con ayuda de las autoridades que les correspondan, tienen que tomar medidas para prevenir y atender todo tipo de violencia, sobre todo la violencia de género, y también para cuidar la salud física, mental y social de sus alumnos y trabajadores. Para lograrlo, deben hacer estudios y diagnósticos de sus actividades diarias, detectar a tiempo los riesgos de violencia y discriminación, crear reglas claras (protocolos) para atender estos casos y ofrecer servicios como orientación, trabajo social, atención médica y apoyo psicológico. Todo esto debe respetar la privacidad y los datos personales de quienes reciban estos servicios.
- Art. 43El gobierno se compromete a apoyar a las universidades y escuelas de educación superior para que sean lugares sin violencia de ningún tipo, especialmente contra las mujeres, y sin discriminación. Las universidades deben tomar medidas como crear protocolos contra la violencia, tener personal capacitado para atender estos casos, y considerar la violencia contra las mujeres como algo muy grave. También deben dar cursos sobre derechos humanos e igualdad de género, fomentar que las víctimas denuncien, y formar áreas dedicadas a la igualdad. Además, tienen que incluir estos temas en sus clases e investigaciones, y promover caminos seguros para las estudiantes dentro y fuera de sus instalaciones.
- Art. 44Las escuelas y universidades deben usar la tecnología moderna (como internet, plataformas digitales y herramientas de aprendizaje en línea) para mejorar la forma de enseñar y hacer más innovadoras sus clases. También tienen que lograr que todos los estudiantes y maestros puedan acceder fácilmente a estas herramientas y plataformas digitales. Además, deben incluir en sus planes de estudio los temas necesarios para que los alumnos aprendan a usar la tecnología digital y plataformas que tengan información gratis y disponible para todos.
- Art. 45Las universidades y escuelas de educación superior deben ayudar a que los estudiantes aprendan mejor usando tecnología digital. Para lograrlo, tienen que enfocarse en usar herramientas como computadoras, internet y plataformas de aprendizaje en línea. También deben ofrecer clases que utilicen estas tecnologías y asegurarse de que los maestros tengan equipos accesibles para dar sus clases. Por último, deben seguir las reglas de la Agenda Digital Educativa, que es un plan del gobierno para incorporar la tecnología en la educación.
- Art. 46La Secretaría de Educación Pública, si tiene dinero disponible en su presupuesto, va a poner en marcha un programa para darle equipo a las universidades públicas. Esto es para que los estudiantes y maestros aprendan a usar tecnología digital y plataformas que sean gratuitas y abiertas para todos. También va a ayudar a que las escuelas creen sus propios archivos digitales (repositorios) y laboratorios donde puedan investigar y experimentar con nuevas tecnologías de información y aprendizaje digital.
- Art. 47La autoridad educativa federal (la Secretaría de Educación Pública) es la única que puede hacer estas cosas: definir las reglas para organizar y mejorar la educación superior (universidades y tecnológicos). También debe coordinar todo el sistema de educación superior del país, respetando la libertad de cada universidad y su forma de trabajar. Le toca ponerse de acuerdo para crear la política nacional de educación superior, siguiendo lo que dice la Constitución y otras leyes importantes. Además, tiene que proponer el presupuesto para la educación superior, manejar un sistema de información sobre escuelas, vigilar que se evalúen bien las universidades y actualizar los planes de estudio de las escuelas normales (donde se forman maestros).
- Art. 48El artículo 48 dice que las autoridades educativas de cada estado (como la Secretaría de Educación de tu estado) tienen estas tareas exclusivas: coordinar el sistema de universidades de su estado, pero siempre respetando que cada universidad sea libre de organizarse. También deben conectar los planes de las universidades con los planes nacionales y estatales de desarrollo. Además, tienen que crear una comisión especial para planear la educación superior, revisar cómo se gasta el dinero destinado a las universidades y promover que estas trabajen juntas en investigación y convenios. Por último, deben asegurarse de que las universidades se evalúen constantemente para mejorar su calidad.
- Art. 49El artículo 49 dice que, aparte de lo que ya establecen otros artículos, el gobierno federal y los gobiernos de los estados deben trabajar juntos (de forma concurrente) en varias tareas relacionadas con la educación superior. Por ejemplo, tienen que asegurarse de que el servicio de universidades y otras escuelas superiores funcione bien, siguiendo los principios de la Constitución y las leyes. También deben crear programas para mejorar la educación superior, conectar las escuelas con los sistemas de ciencia y tecnología, y fomentar la investigación. Además, tienen que hacer planes con la participación de las comunidades académicas y promover opciones educativas innovadoras que sean de calidad, accesibles para todos y respeten la diversidad cultural.
- Art. 50Los municipios (gobiernos locales) y las alcaldías de la CDMX pueden ayudar a dar clases universitarias o de nivel técnico superior. Pero tienen que trabajar de la mano con la Secretaría de Educación del estado o del país para seguir las reglas y los objetivos que se piden en este tipo de estudios. Además, deben apoyar en promover y ofrecer estos servicios educativos, pero solo dentro de lo que les corresponda según sus facultades. Básicamente, no pueden hacer lo que quieran, tienen que coordinarse con las autoridades educativas para que todo esté bien organizado.
- Art. 51El artículo 51 dice que la educación universitaria y de nivel superior en todo México se va a planificar en equipo. Las autoridades de la federación, los estados y los municipios trabajarán juntos, y también participarán los directivos, maestros y estudiantes de las universidades. Todo esto se hará siguiendo lo que marca esta ley, para que haya coordinación y nadie trabaje por su cuenta.
- Art. 52El artículo 52 crea un grupo llamado Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior, que sirve para que distintas personas y autoridades platiquen, opinen y lleguen a acuerdos sobre cómo mejorar la universidad y los estudios superiores en México. Este consejo está formado por mucha gente, como el Secretario de Educación Pública (quien lo dirige), los rectores de la UNAM, el IPN y otras escuelas grandes, además de representantes de gobiernos estatales, maestros y estudiantes. También se busca que haya equilibrio entre hombres y mujeres en los puestos, y que participen tanto escuelas públicas como privadas. Para asegurarse de que los acuerdos se cumplan, el consejo tendrá un equipo técnico que ayude a organizar y darle seguimiento a lo que se decida.
- Art. 53El Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior es un grupo que se encarga de organizar cómo funciona la educación universitaria y técnica en México. Sus labores principales son platicar y ponerse de acuerdo entre sus miembros para crear planes y acciones que beneficien a los estudiantes, desde la primaria hasta la universidad, para que puedan terminar sus estudios sin problemas. También proponen ideas para mejorar la investigación científica y tecnológica, y para que los estudiantes y maestros puedan moverse entre escuelas de México y del extranjero. Antes de tomar decisiones, el Consejo escucha las propuestas de sus integrantes y de los grupos encargados de la educación en cada estado. Al final, las autoridades de educación de todo el país deben poner en práctica lo que se acuerde, siempre respetando la independencia de las universidades y las leyes federales.
- Art. 54Cada estado de la República va a tener su propia Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior (o algo parecido). Su trabajo es coordinar los planes, programas y proyectos de universidades y escuelas profesionales en ese estado. Esta comisión se forma con representantes del gobierno local, del gobierno federal, de universidades públicas (de los tres tipos que hay), de escuelas privadas, de la instancia que conecta educación con la sociedad, y del sistema de ciencia y tecnología del estado. También pueden invitar a personas de empresas y organizaciones sociales. Para elegir a los miembros, se busca que haya equilibrio entre hombres y mujeres, y que estén presentes tanto escuelas públicas como privadas. Los integrantes deben ser personas reconocidas en el mundo académico. Entre sus funciones están: planear cómo crece la educación superior en el estado, ayudar a hacer el programa estatal de educación, crear proyectos para mejorarla, fomentar que los estudiantes y maestros se muevan entre escuelas, y proponer cómo hacer obligatoria la universidad según las necesidades de la región.
- Art. 55El Consejo Nacional de Educación Superior y la Comisión Estatal (o su equivalente en tu estado) van a invitar a juntas o grupos que trabajan con la sociedad para hablar sobre temas de educación según la especialidad o el tipo de escuela. Cada uno de esos grupos tendrá sus propias reglas para funcionar. Todo esto es para coordinar cómo se mejora, se evalúa y se maneja la información de las universidades y escuelas superiores. En pocas palabras, buscan que todos los involucrados opinen y colaboren, pero cada quién con su propio modo de trabajo.
- Art. 56La Secretaría de Educación va a crear un plan especial para la educación superior (universidades y carreras técnicas) llamado Programa Nacional de Educación Superior. Este plan va a incluir las metas, estrategias y acciones para todos los tipos de escuelas que dan estudios superiores, tomando en cuenta que unas están más avanzadas que otras. El documento se actualiza cada 5 años y sirve para guiar al sistema educativo hacia el futuro. Para hacerlo, deben seguir lo que dice la Constitución y las leyes de educación, y también van a tomar en cuenta las ideas del Consejo Nacional de Educación Superior y de los gobiernos de los estados, además de lo que opinen especialistas y la sociedad.
- Art. 57Cada estado de la república va a crear su propio plan para la educación superior (universidades, tecnológicos, etc.), llamado Programa Estatal de Educación Superior. Este plan debe tomar en cuenta cómo es la vida y las necesidades de la región y de las comunidades locales. El programa se tiene que revisar un año antes de que se actualice el plan nacional de educación superior, para que lo que se descubra sirva para pensar a futuro. Para hacerlo, los estados deben seguir lo que dice el plan nacional y también escuchar las ideas de la comisión estatal de planeación educativa y de grupos locales que participan en temas de universidades.
- Art. 58El artículo 58 dice que habrá un sistema para evaluar y acreditar (revisar y certificar) la calidad de las universidades y escuelas de educación superior en todo México. Su objetivo es crear y coordinar estrategias para mejorar constantemente la educación. En este sistema participarán tanto el gobierno federal como los gobiernos de los estados, junto con directivos de universidades y organizaciones que ya hacen evaluaciones. Las universidades públicas que tienen autonomía (como la UNAM) participarán de acuerdo con su propia libertad de decisión, sus leyes y lo que dice la Constitución. Básicamente, se busca que todos colaboren para que las escuelas y sus programas sean mejores y estén certificados.
- Art. 59Cuando se evalúe la educación superior en México, se respetará la forma de ser de las universidades autónomas, los diferentes tipos de escuelas que existen y las decisiones de cada estado. La evaluación y acreditación de las carreras y universidades debe seguir estas reglas: encontrar lo que se necesita mejorar para alcanzar la excelencia, dar seguimiento a las acciones que se tomen y hacer recomendaciones constantes. También debe incluir a todos los que participan en la educación superior, fomentar la capacitación de maestros y usar métodos serios y honestos. Todo el proceso tiene que ser objetivo, transparente y basado en criterios académicos, dando a conocer cómo se evalúa y buscando que los estudiantes realmente aprendan.
- Art. 60Las universidades y escuelas superiores tienen la obligación de planear y evaluar todo lo que hacen, tanto por dentro como por fuera, como sus programas de estudio, resultados de aprendizaje y cómo funcionan. Esto es para que la educación mejore siempre y los estudiantes aprendan al máximo. Para lograrlo, pueden copiar las buenas ideas de otras escuelas o de organizaciones que se dedican a evaluar y certificar programas. Los resultados de estas evaluaciones deben estar disponibles para que cualquiera los consulte. Solo sirven para diagnosticar y mejorar, nunca para castigar.
- Art. 61La Secretaría (de Educación Pública) va a crear un sistema de información al que cualquier persona pueda consultar. Este sistema servirá para planear y evaluar la educación superior, y será público. Para que funcione, todas las escuelas, autoridades y personas relacionadas con la educación superior tendrán que proporcionar datos, pero solo con fines de estadística, planeación, evaluación y para informar a la sociedad. La información se compartirá por los medios que la Secretaría decida.
- Art. 62El gobierno de México (la Federación) y los gobiernos de los estados (entidades federativas) se tienen que coordinar para que la educación superior (la universidad o el tecnológico) sea obligatoria y gratuita poco a poco, según el dinero que tengan disponible en su presupuesto. Esto significa que no puede ser de un día para otro, sino que deben avanzar conforme puedan pagarlo, tal como lo dice la Constitución. Para financiar las escuelas públicas, deben tomar en cuenta lo que necesita el país, la región y la localidad, y además seguir las reglas de gasto, transparencia y rendición de cuentas. El dinero que el Estado le asigne cada año a la educación superior no puede ser menor que lo que se aprobó el año anterior.
- Art. 63Cuando el gobierno haga el presupuesto de cada año, debe tomar en cuenta cuánto dinero tiene disponible e incluir lo necesario para que las universidades públicas puedan crecer poco a poco, cumplir con su trabajo y dar un buen servicio. Eso incluye recursos económicos, personal, materiales e instalaciones, siempre respetando que la educación sea obligatoria y gratuita para todos, además de ser justa, incluyente y de excelencia. Si algún municipio decide dar educación universitaria, también debe seguir estas reglas según lo que digan sus propias leyes.
- Art. 64Cada año, el gobierno federal debe crear un fondo especial en su presupuesto para asegurar que haya dinero suficiente para que, poco a poco, la educación universitaria sea obligatoria para todos. Ese dinero también debe servir para mantener y mejorar las instalaciones de las universidades, como ya lo dice la Constitución. Lo que se asigne a las universidades públicas de este fondo no puede usarse para reemplazar el presupuesto normal que ya reciben, ni una parte ni todo. La repartición de estos recursos se hará cada año con reglas claras, buscando que sea justa para todos y que llegue a todo el país.
- Art. 65Este artículo dice que el dinero que el gobierno les da a las universidades públicas debe planearse pensando en el futuro, no solo en el año siguiente. Para decidir cuánto dinero dar, las autoridades toman en cuenta varios puntos: los planes nacionales de desarrollo y educación, los proyectos de cada universidad, cuántos estudiantes hay en el estado, y las necesidades para mejorar la enseñanza, la investigación y la cultura. También se fijan en que las universidades usen el dinero de manera honesta y clara, según las reglas. Además, el gobierno federal y los gobiernos de los estados acordarán procedimientos para que ambos pongan una parte igual de dinero en las universidades, pero poquito a poco.
- Art. 66El artículo 66 dice que la gratuidad en la educación superior no puede poner en riesgo los objetivos de la educación que marca la Constitución ni las finanzas de las universidades públicas. Para lograrlo, la Cámara de Diputados y los congresos de los estados deben asignar los recursos necesarios en el presupuesto de cada año. Las universidades autónomas, con el dinero que reciban y el apoyo del gobierno federal y estatal, propondrán cómo hacer la transición a la gratuidad de forma gradual. Esto debe hacerse sin que se afecten sus objetivos ni sus finanzas. En pocas palabras, se busca que la educación sea gratis poco a poco, pero sin descuidar la calidad ni el dinero de las escuelas.
- Art. 67Este artículo explica las reglas para usar el dinero que el gobierno les da a las universidades públicas. El gobierno debe entregar los recursos a tiempo, siguiendo el calendario que las universidades necesiten, y si es posible, darlo directamente a las escuelas. Ese dinero se usa para pagar sueldos, gastos de operación, mejorar la educación, la investigación y la gestión de las universidades. Si algún funcionario público no entrega el dinero a tiempo, puede meterse en problemas y ser castigado según la ley. Las universidades también pueden pedir más recursos si los necesitan, y deben administrar todo con honestidad, eficiencia y transparencia para evitar la corrupción.
- Art. 68El gobierno reconoce el trabajo de las universidades privadas que tienen permiso oficial para funcionar, y por eso les da garantías para que puedan dar clases, pero también deben cumplir con las leyes. Estas escuelas tienen libertad para elegir su propio plan de estudios, organizarse por dentro, y decidir cómo admitir, mantener y graduar a sus alumnos, siempre respetando los derechos humanos. También pueden firmar acuerdos con otras universidades o centros de investigación de México o del extranjero, y participar en programas de ciencia y tecnología. Todo esto deben hacerlo siguiendo las reglas de esta ley.
- Art. 69Este artículo dice que las escuelas particulares (como universidades privadas) pueden dar clases de educación superior (como licenciaturas o posgrados), pero necesitan un permiso especial del gobierno llamado "reconocimiento de validez oficial de estudios" (RVOE). Si quieren dar clases para formar maestros de kínder, primaria o secundaria, deben pedir una autorización expresa del Estado antes de empezar. Para otros tipos de estudios superiores, aplican las reglas generales de la Ley General de Educación. Las escuelas que obtengan este permiso también deben registrarse ante la autoridad de profesiones. El permiso (RVOE) no es para siempre: se tiene que renovar cada cierto tiempo. Si una escuela no cumple con los requisitos para renovarlo, las autoridades deben seguir un proceso para proteger a los alumnos que ya están estudiando ahí.
- Art. 70Las escuelas privadas de educación superior (universidades particulares) están obligadas a dar becas para que la educación sea más justa. Esas becas deben cubrir al menos el 5% del total de sus alumnos inscritos, repartidas de manera proporcional entre todos los planes de estudio que tengan autorización oficial. Las becas son para estudiantes que no tengan dinero para pagar, que tengan buenas calificaciones, o ambas, y que cumplan los requisitos de la escuela para entrar y seguir estudiando. Cada universidad debe tener un Comité de Equidad que decida quién recibe la beca, y todo debe hacerse de forma transparente y pública, siguiendo las reglas de la Secretaría de Educación. Las becas pueden ser totales o parciales (perdonando la inscripción o colegiatura), y la escuela no puede obligar al estudiante a aceptar un crédito, un servicio extra o una actividad fuera de clases para dársela o renovarla.
- Art. 71Este artículo explica cómo un particular (una escuela privada) obtiene permiso oficial del gobierno o de universidades públicas autorizadas para ofrecer carreras como licenciatura o maestría. Para que le den el permiso, la escuela debe comprobar que tiene buenos maestros, programas de estudio completos e instalaciones adecuadas. Una vez que lo obtienen, es solo para ese plan de estudios y en ese domicilio específico; si cambian de lugar, deben pedir uno nuevo, a menos que sea por desastre natural. El permiso es intransferible, no se puede pasar a otra persona o escuela, y la autoridad tiene 60 días hábiles para responder a la solicitud (con posibilidad de 30 días más). Además, al pedir el permiso o renovarlo, la escuela debe presentar un plan para seguir mejorando o una acreditación vigente que demuestre su calidad.
- Art. 72La Secretaría de Educación puede darles o quitarles a las escuelas privadas de nivel superior (como universidades) un "sello de calidad" por su buena gestión y excelencia educativa. Para obtenerlo, la escuela debe cumplir varios requisitos, como tener una acreditación nacional o internacional vigente, contar con maestros preparados para las materias que dan, y tener planes de estudio aprobados desde hace al menos diez años. También debe demostrar que respeta los derechos humanos, que es incluyente, que no ha sido sancionada en los últimos cinco años, y que sus egresados aportan algo bueno a la sociedad. Si consigue este reconocimiento, la escuela puede presumirlo en su publicidad, tener trámites más rápidos frente a la Secretaría, y usar una sola carpeta de documentos para sus solicitudes.
- Art. 73La escuela o institución pública que te dé el permiso para ofrecer estudios (o que reconozca tus estudios como oficiales) es la única responsable de vigilar que todo se haga correctamente. Esa vigilancia se hace siguiendo las reglas de la Ley General de Educación. Si son instituciones públicas autorizadas para ello, se guían por sus propias normas. Además, los gobiernos de los estados pueden ayudar a la Secretaría de Educación a supervisar, pero solo si ella se los pide.
- Art. 74Si una escuela o universidad pública que ya recibió permiso oficial para dar clases es descubierta haciendo algo mal durante una supervisión, las autoridades pueden tomar medidas como: suspender temporal o definitivamente las clases de ese plan de estudios, prohibir que sigan anunciando ese programa si su publicidad no cumple con la ley, poner sellos y letreros de advertencia en el plantel, o cualquier otra acción necesaria para proteger los derechos de los estudiantes. Si suspenden las clases o la publicidad, las autoridades deben asegurarse de que los alumnos ya inscritos no pierdan sus estudios, creando procedimientos para protegerlos.
- Art. 75El artículo 75 dice que las escuelas y quienes dan servicios educativos pueden cometer faltas graves. Por ejemplo, si ofrecen carreras como licenciatura o maestría sin tener el permiso oficial (el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, o RVOE) o si fingen tenerlo sin haberlo conseguido. También es falta no seguir lo que marca la ley sobre ciertos requisitos de los planes de estudio, no entregar becas como se debe, o exigirte que contrates servicios adicionales para darte clases. Igual es infracción no cumplir con las correcciones que ordene la autoridad educativa o con cualquier otra regla de esta ley.
- Art. 76Si una escuela de educación superior comete una falta de las que dice el artículo 75, le pueden aplicar estas consecuencias: le pueden poner una multa que va desde los 100 hasta los 15,000 pesos actualizados (dependiendo de la falta), y si vuelve a cometer la misma falta, la multa se puede duplicar. También le pueden quitar el permiso oficial para dar clases o hasta cerrar el plantel, y en los casos más graves, no podrá pedir un nuevo permiso durante cinco años. Si cierran la escuela, las autoridades tienen que asegurarse de que los alumnos que ya estaban inscritos no pierdan sus estudios.
- Art. 77Si una autoridad educativa te niega la validez oficial de tus estudios o no responde a tu solicitud, tienes dos opciones: presentar una queja llamada "recurso de revisión" o demandar directamente ante un juez. También puedes usar el recurso de revisión si la autoridad no te contesta en el tiempo que marca la ley. Este trámite se hace siguiendo las reglas federales o locales, según corresponda. En pocas palabras, la ley te da herramientas para defender tus derechos sin ser abogado.