Artículo 16 de la LEY General de Educación Superior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 16 dice que, si estudias una carrera o un posgrado y quieres que te reconozcan materias que ya cursaste en otra escuela, se va a revisar si las materias son parecidas, si los planes de estudio se parecen, si los créditos que tienes son suficientes, o cualquier otro tipo de aprendizaje o nivel que ya hayas completado. Básicamente, te validan las materias si lo que ya estudiaste es similar a lo que necesitas en tu nuevo plan. Esto aplica tanto para cambiarte de escuela como para revalidar estudios del extranjero o de otro nivel educativo. Es como decir: "si ya viste algo muy parecido, no tienes que repetirlo".
Texto oficial
Artículo 16. En la educación superior, las equivalencias y revalidaciones de estudio se realizarán considerando la equiparación de asignaturas, la similitud o afinidad de los planes y programas de estudio, el número de créditos correspondientes al plan de estudios, cualquier otra unidad de aprendizaje, ciclo escolar o nivel educativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.