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Ley
LEY General de Educación Superior
Artículo
13

Artículo 13 de la LEY General de Educación Superior

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la educación superior (como la universidad o el tecnológico) se puede cursar de distintas formas. Las opciones principales son: ir a clases presenciales, estudiar en línea o virtual, tomar cursos abiertos o a distancia, o acreditar materias solo con un examen. También aclara que estas opciones no son las únicas, porque las escuelas y autoridades educativas pueden agregar otras maneras de estudiar si lo consideran necesario.

Texto oficial

Artículo 13. Las opciones que comprende la educación superior serán, de manera enunciativa y no limitativa: I. Presencial; II. En línea o virtual; III. Abierta y a distancia; IV. Certificación por examen, y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-04-2021 12 de 48 V. Las demás que se determinen por las autoridades educativas e instituciones de educación superior, a través de las disposiciones que se deriven de la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY General de Educación Superior (pág. 11) ↗

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