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Artículo 13 de la LEY General de Educación Superior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que la educación superior (como la universidad o el tecnológico) se puede cursar de distintas formas. Las opciones principales son: ir a clases presenciales, estudiar en línea o virtual, tomar cursos abiertos o a distancia, o acreditar materias solo con un examen. También aclara que estas opciones no son las únicas, porque las escuelas y autoridades educativas pueden agregar otras maneras de estudiar si lo consideran necesario.

Texto oficial

Artículo 13. Las opciones que comprende la educación superior serán, de manera enunciativa y no limitativa: I. Presencial; II. En línea o virtual; III. Abierta y a distancia; IV. Certificación por examen, y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-04-2021 12 de 48 V. Las demás que se determinen por las autoridades educativas e instituciones de educación superior, a través de las disposiciones que se deriven de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.