Artículo 44 de la LEY General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno del Consejo es un grupo de personas que toman decisiones importantes. Está formado por once representantes del gobierno federal (como los titulares de las Secretarías de Salud, Educación o Cultura), uno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y cinco personas elegidas por la Asamblea Consultiva. Estos últimos duran tres años en el puesto y pueden ser elegidos de nuevo por otros tres años, sin recibir sueldo. También asisten a las reuniones, pero solo para opinar y no para votar, invitados de otras dependencias como Turismo o Agricultura.
Texto oficial
Artículo 44. La Junta de Gobierno del Consejo estará integrada por once representantes del Poder Ejecutivo Federal, uno de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y cinco representantes de la Asamblea Consultiva. Párrafo reformado DOF 17-12-2015, 14-06-2024 Los representantes del Poder Ejecutivo Federal serán los titulares de las siguientes dependencias y entidades: I. Secretaría de Salud; II. Secretaría de Desarrollo Social; III. Secretaría de Educación Pública; III Bis. Secretaría de Cultura; Fracción adicionada DOF 17-12-2015 IV. Secretaría de Hacienda y Crédito Público; V. Secretaría del Trabajo y Previsión Social; VI. Secretaría de Comunicaciones y Transportes; VII. Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; VIII. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; Fracción reformada DOF 14-06-2024 IX. Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y Fracción reformada DOF 14-06-2024 X. Comisión Nacional de Vivienda. Fracción adicionada DOF 14-06-2024 Los integrantes designados por la Asamblea Consultiva durarán en su encargo tres años, pudiendo ser ratificados por otro periodo igual. Este cargo tendrá el carácter de honorífico. LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-06-2024 20 de 35 El Director General del Consejo participará con voz pero sin derecho a voto. Asimismo, serán invitados permanentes a la Junta de Gobierno con derecho a voz, pero no a voto, un representante de cada uno de los siguientes órganos públicos: Secretaría de Turismo, Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación e Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.