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Artículo 298 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando ya terminaron todas las votaciones y los conteos en la casilla, el secretario tiene que escribir un papel donde anote la hora en que se cerró la casilla y los nombres de los funcionarios y representantes que van a entregar el paquete con los documentos. Ese papel lo firman los funcionarios de la casilla y, si quieren, también los representantes de los partidos políticos y de los Candidatos Independientes. Así queda por escrito quiénes participaron en el cierre y la entrega del material.

Texto oficial

Artículo 298. 1. Concluidas por los funcionarios de la mesa directiva de casilla las operaciones establecidas en los artículos anteriores, el secretario levantará constancia de la hora de clausura de la casilla y el nombre de los funcionarios y representantes que harán la entrega del paquete que contenga los expedientes. La constancia será firmada por los funcionarios de la casilla y los representantes de los partidos y de Candidatos Independientes que desearen hacerlo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 161) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.