- Ley
- LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
- Artículo
- 407
Artículo 407 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los candidatos independientes también tienen derecho a recibir dinero del gobierno para pagar sus campañas. Para repartir ese dinero y otros apoyos, todos los candidatos independientes juntos serán tratados como si fueran un partido político nuevo. Esto significa que se les aplican las mismas reglas que a los partidos que apenas se registran.
Texto oficial
Artículo 407. 1. Los Candidatos Independientes tendrán derecho a recibir financiamiento público para sus gastos de campaña. Para los efectos de la distribución del financiamiento público y prerrogativas a que tienen derecho los Candidatos Independientes, en su conjunto, serán considerados como un partido político de nuevo registro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.