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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGIPE/528
Ley
LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo
528

Artículo 528 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a publicar las reglas detalladas para que esta ley se pueda aplicar. Esas reglas van a decir cómo cumplir con lo que aquí se ordena. Tú solo debes estar al pendiente de que esas reglas salgan para saber qué hacer. No te preocupes, el Instituto te va a decir paso a paso cómo proceder.

Texto oficial

Artículo 528. 1. El Instituto emitirá los lineamientos correspondientes para regular esta disposición. Artículo adicionado DOF 14-10-2024

Ver texto oficial de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales (pág. 257) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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