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Artículo 13 de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que todas las autoridades de cualquier nivel de gobierno (federal, estatal o municipal) deben aplicar esta Ley, pero sin meterse con las facultades que ya tengan por otras leyes. En palabras simples, cada quien hace su chamba, pero ahora también deben cumplir con lo que dice esta Ley. Luego empieza el Capítulo Tercero, que habla específicamente de las entidades federativas, es decir, los estados de la República.

Texto oficial

Artículo 13.- Las autoridades de los tres órdenes de gobierno tendrán a su cargo la aplicación de la presente Ley, sin perjuicio de las atribuciones que les correspondan. CAPÍTULO TERCERO DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Denominación del Capítulo reformada DOF 15-01-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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