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Artículo 23 de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Sistema Nacional es el conjunto de reglas, conexiones y formas de trabajo que existen entre las dependencias del gobierno federal, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, además de grupos de la sociedad. Su objetivo es que todas estas partes se pongan de acuerdo para hacer acciones que protejan, respeten y garanticen que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades reales en la vida. En pocas palabras, es el mecanismo que organiza al gobierno y a la sociedad para lograr la igualdad sustantiva, que significa igualdad de hecho y no solo en el papel.

Texto oficial

Artículo 23.- El Sistema Nacional es el conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos sociales y con las autoridades de las Entidades Federativas, los Municipios, y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a fin de efectuar acciones de común acuerdo orientadas a la promoción, respeto, protección y garantía de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Artículo reformado DOF 15-01-2026 LEY GENERAL PARA LA IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 9 de 38

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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