- Ley
- LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todos los niveles de gobierno en México (federal, estatal, municipal y de la Ciudad de México) deben cumplir con lo que les toca hacer según esta ley y otras reglas que aplican a cada uno. Es como decir que cada quien tiene su parte del trabajo ya asignada y no se pueden pasar los unos a los otros. En pocas palabras, todos tienen que respetar los límites de lo que les corresponde hacer.
Texto oficial
Artículo 7.- La Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, ejercerán sus atribuciones en materia de esta Ley de conformidad con la distribución de competencias previstas en la misma y en otros ordenamientos aplicables a los tres órdenes de gobierno. Artículo reformado DOF 15-01-2026
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.