Artículo 27 de la LEY General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser jefe de un Centro Público donde resuelven conflictos sin ir a juicio, necesitas cumplir con los mismos requisitos que un facilitador (la persona que ayuda a mediar). Además, debes tener título y cédula de Licenciatura en Derecho, y comprobar que trabajaste al menos cinco años en temas legales o de solución de controversias. O sea, no cualquiera puede ocupar ese puesto; se necesita experiencia y estudios formales en leyes.
Texto oficial
Artículo 27. Para ser Titular de un Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, se requieren los mismos requisitos previstos para las personas facilitadoras, además de acreditar experiencia profesional de al menos cinco años en la materia y contar con Título y Cédula de Licenciatura en Derecho o en Abogacía.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.